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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (21/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Jueves 21 de agosto de 2025 El Peruano / Gobiernos Regionales, que prescribe que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inciso f) del Artículo 9 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sobre competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, que tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la Región, conforme lo señala los artículos 2°, 4° y 5° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales; sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simpli fi cación administrativa; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a ley; Que, el Artículo 38 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del Artículo 15 de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, asimismo el Artículo 32º de la precitada Ley N° 27867 de fi ne que: la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado, de mediano y largo plazo, así como por el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional; Que, el artículo 8° numeral 13) de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece: El Gobierno Regional, tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional. Para ello, promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación; Que, el artículo 18° numeral 18.3 de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que, la plani fi cación y promoción del desarrollo debe propender y optimizar las inversiones con la iniciativa privada, inversión púbica con participación de la comunidad y la competitividad a todo nivel; también la referida norma en su artículo 35° literal d), prevé que los Gobiernos Regionales, deben promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Finalmente, el literal g) del artículo 36 contempla que, una de las competencias compartidas de los Gobiernos Regionales, es la competitividad regional y la promoción del empleo productivo, en todos sus niveles, concertando los recursos públicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo N° 345-2018-EF, se aprobó la Política de Competitividad y Productividad, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno. Por otro lado, al artículo 3° de la precitada norma legal, señala que, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización, conduce la Política Nacional de Competitividad y Productividad; Que, mediante D.S. N° 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad; la Disposición Complementaria Final Única señala que, las entidades del Estado responsables de la implementación de las medidas que se encuentran comprendidas en el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, deben considerarlos en sus respectivos Planes Estratégicos y Operativos Institucionales en lo que corresponda. Adicionalmente, el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización realiza los ajustes que sean necesarios al Plan Nacional de Competitividad, conforme a la normativa que emita el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico referida a los Planes Estratégicos Multisectoriales; Que, el Capítulo II. Objetivo y alcance de la precitada norma legal, señala que, a fi n de incorporar el enfoque territorial de la identi fi cación e implementación de políticas orientadas al cumplimiento de los objetivos prioritarios y lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP) a nivel regional, se propone el diseño de implementación de los Planes Regionales de Competitividad y Productividad (PRCP). Los PRCP se encontrarán alineados a otros instrumentos de plani fi cación de las regiones, tales como, los Planes Regionales de Desarrollo Concertado y los Planes Regionales de Exportación, e incluirán acciones especí fi cas acorde al cumplimiento de los objetivos prioritarios de fi nidos en el PNCP; Que, el Consejo Regional de La Libertad del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Ordenanza Regional N° 007-2023-GRLL-CR de fecha 03 de agosto de 2023, aprobó el PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO - PDRC LA LIBERTAD 2023-2033, el mismo que tiene como propósito, orientar al desarrollo integral del territorio de La Libertad a fi n de mejorar el bienestar de su población, el mismo rige la gestión del Gobierno Regional y la articulación con los actores del territorio para el logro de la visión, los objetivos y las metas concertadas; Que, mediante D.S. N° 203-2024-EF, se aprobó la actualización del Plan Nacional de Competitividad y Productividad - PNCP 2024-2030, siendo su propósito el de servir de enlace entre la visión de un Perú más competitivo, formulado y diseñado a partir de la Política Nacional de Competitividad y Productividad (Decreto Supremo N° 345-2018-EF), que sienta las bases; Que, al amparo de las disposiciones acotadas, el Consejo Regional de La Libertad, mediante Ordenanza Regional N° 0016-2023- GRLL-CR, de fecha 28 de diciembre del 2023, Declara de Interés y Prioridad y, Aprueba el inicio del proceso de elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de La Libertad (PRCP-LL) al año 2033, así como actualizar la organización del Consejo Regional de Competitividad y Productividad de La Libertad (CRCP-LL), asimismo la Secretaria Técnica recae en la Gerencia General Regional del GR-LL, que para cumplir con dicha función coordina y recibe el apoyo de alto nivel del Centro Regional de Planeamiento Estratégico (CERPLAN); Que, mediante O fi cio N° 280-2024-EF/35.01 de fecha 12 diciembre 2024, el Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización-CNCF del Ministerio de Economía y Finanzas-MEF, comunica sobre la situación actual de la asistencia técnica del CNCF en la elaboración del PRCP de la región La Libertad al 2033 y remisión del proyecto de texto del PRCP, adjunta a la vez el Informe N° 001-2024-EF/AMAM, el cual indica: “Habiéndose concluido con las actividades de asesoría técnica para la elaboración del proyecto de texto del PRCP La Libertad al 2033, se recomienda remitirla ofi cialmente al Gobernador Regional de La Libertad, en su calidad de presidente del CRCP para su conocimiento y presentación ante el Consejo Directivo del CRCP para su aprobación”; Que, Mediante Acta de la Primera Sesión Ordinaria de año 2025 del Consejo Directivo del Consejo Regional de Competitividad y Productividad (CRCP) de La Libertad, de fecha 18 marzo 2025, se presenta el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024- 2033, la misma que en ítem IV: Desarrollo de actividades y acuerdo, se precisa, ACUERDO ÚNICO: APROBAR POR UNANIMIDAD el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033;