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73 NORMAS LEGALES Jueves 21 de agosto de 2025 El Peruano / Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huaura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2528-2025-MP-FN Lima, 20 de agosto de 2025VISTOS:El o fi cio N° 002561-2025-MP-FN-CFSN-FPS-DHI e informe N° 00127-2025-MP-FN-OREF-MRUO, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, se eleva las propuestas para ocupar el cargo de fi scal provincial en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Huaura. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1830-2021-MP-FN, de fecha 21 de diciembre de 2021, se resolvió designar al abogado Héctor Jesús Purizaca Otoya, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El artículo 65 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010- PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Héctor Jesús Purizaca Otoya, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Huaura, con retención de su cargo de carrera, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 00127-2025-MP-FN-OREF- MRUO, de fecha 18 de agosto de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Héctor Jesús Purizaca Otoya, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1830-2021-MP-FN, de fecha 21 de diciembre de 2021. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Héctor Jesús Purizaca Otoya, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huaura, designándolo en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Huaura, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2430130-8 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2529-2025-MP-FN Lima, 20 de agosto de 2025VISTOS:El o fi cio N° 001742-2025-MP-FN-PJFSCUSCO e informe N° 00032-2025-MP-FN-OREF-LLA, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Wanchaq. Con o fi cio N° 000987-2025-MP-FN-UEDFCUSC, emitido por la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal del Cusco, se remite el informe del Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal del Cusco N° 000540-2025-MP-FN- UEDFCUSC-APH, mediante los cuales se informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.