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25 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / VISTOS: El OF. RE (AMA) N° 2-12-A/40 del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Informe N° 00000147-2025-PRODUCE/DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00001208-2025-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00001188-2025-PRODUCE/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 00000789-2025-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 00000521-2025-PRODUCE/OGA de la O fi cina General de Administración; y el Informe N° 00000881-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) es la organización regional de ordenación pesquera cuyo objeto es la regulación y conservación de las poblaciones de atunes y especies a fi nes en el Océano Pací fi co Oriental. El Perú, en su calidad de Parte Contratante, participa en los procesos de decisión orientados a la adopción de medidas de ordenación, conservación y sostenibilidad de los recursos pesqueros altamente migratorios, de cumplimiento obligatorio para las embarcaciones bajo su jurisdicción; Que, mediante el OF. RE (AMA) N° 2-12-A/40, el Ministerio de Relaciones Exteriores traslada la Comunicación N° 0239-410 de la CIAT para que el Ministerio de la Producción participe en la 103a Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y en las reuniones de sus órganos subsidiarios y del Programa Internacional para la Conservación de los Del fi nes (PICD), que se realizarán en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 25 de agosto al 5 de setiembre de 2025; Que, mediante el Informe N° 00000147-2025- PRODUCE/DSE, la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura sustenta técnicamente la participación de la señora NELLY SILVANA QUINTEROS MALPARTIDA, Asesora II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, en el citado evento, señalando, entre otros, que su participación permitirá asegurar la representación del país ante la CIAT, garantizando el cumplimiento de compromisos internacionales en materia pesquera y el uso sostenible de los recursos, precisándose que dicha participación irroga gastos; y que, por razones de itinerario, la referida funcionaria viajará del 1 al 6 de setiembre de 2025, a fi n de participar en la 103ª Reunión de la CIAT; Que, mediante el Memorando N° 00001208- 2025-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura otorga su conformidad y solicita se brinde el trámite correspondiente a la autorización de viaje al exterior de la citada funcionaria; Que, mediante el Memorando N° 00001188- 2025-PRODUCE/OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos remite el Informe N° 00000146-2025-PRODUCE/STOI de su Secretaria Técnica de los Órganos Instructores, a través del cual concluye que la citada funcionaria no tiene impedimento para viajar al exterior; Que, mediante el Memorando N° 00000782-2025- PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 00000383-2025-PRODUCE/OCTAI de su O fi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, a través del cual considera relevante la participación de la referida funcionaria en el citado evento, en tanto contribuirá al cumplimiento de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible; así como con la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional al 2030; Que, a través del Memorando N° 00000521-2025-PRODUCE/OGA, la O fi cina General de Administración sustenta el costo de pasajes y viáticos, los cuales cuentan con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestal respectivas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la citada Ley N° 27619, establece en sus artículos 2 y 3, que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano con anterioridad al viaje cuya autorización se solicita; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente; asimismo, en su artículo 2 contempla que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto - TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y de los organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la citada funcionaria para que participe en el referido evento; además, la autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2025 del Ministerio de la Producción; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora NELLY SILVANA QUINTEROS MALPARTIDA, Asesora II del Despacho Viceministerial