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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 277

277 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de diciembre de 2025 El Peruano / st.pe) de acuerdo con el artículo 34.3 del Reglamento de la Ley Nº 29625. Para consultar la información contenida en el Anexo 1 antes citado, se deberá ingresar a través de la página web al módulo de consulta, opción: “Consulte AQUÍ si es bene fi ciario del Grupo de Pago 22- Diciembre 2025”, con el número de documento de identidad del Fonavista Titular. Artículo 7.- Disponer y encargar que la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, realice las acciones necesarias y conducentes a la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MIGUEL ÁNGEL CORTEZ VIGO Presidente JORGE ANTONIO MILLA MAGUIÑA Representante de la FENAF PERU IGNACIO MARTÍNEZ VENTURA Representante del MEF YRENE DEL ROSARIO PANTOJA OCAMPO Representante del MEF LUIS MIGUEL MARTÍNEZ MEJÍA Representante del MEF RODOLFO BACA GÓMEZ SÁNCHEZ Representante de la ONP 2469118-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio, julio y setiembre de 2025 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 612-2025-GR DREM-APURIMAC Abancay, 1 de diciembre del 2025 VISTO: El Informe N° 0329-2025-GR-DREM-APURIMAC/ SDM-ACM/AJ-CRCS, de fecha 15 de octubre de 2025, emitido por el Área de Concesiones Mineras de la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac, sobre los títulos de concesiones mineras otorgados en el mes de junio, julio, setiembre de 2025; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, establece se publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, el Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremos N° 020-2020-EM, en su artículo 19°, numeral n) señala que son funciones del Gobierno Regional, publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado el mes anterior; Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 020-2020- EM, Reglamento de Procedimientos Mineros; establece que para efectos de lo dispuesto en el artículo 124° de la Ley General de Minería, la autoridad competente, dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, publicará en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, el artículo 19° y 38° del Decreto Supremo N° 020-2020-EM, que aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional de Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 015-2011-GR-APURIMAC/CR, modi fi cado por Ordenanza Regional N° 001-2018-GR-APURIMAC/CR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio, julio, setiembre, por esta Dirección Regional de Energía y Minas, de acuerdo al anexo adjunto que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124° del Decreto Supremo N° 014-92-EM y 38° del Decreto Supremo N° 020-2020-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac (www.dremapurimac.gob.pe). Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSE RAÚL FARFÁN PORTUGAL Director RegionalDireccion Regional de Energía y Minas ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 556-2025-GR- DREM-APURIMAC, DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2025, QUE APRUEBA LA RELACIÓN DE CONCESIONES MINERAS OTORGADAS POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE APURÍMAC, EMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY GENERAL DE MINERÍA APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO N° 014-92-EM. NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN, B) CÓDIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM WGS 84 DE LOS VÉRTICES (EXPRESADO EN MILES), G) DERECHOS MINEROS A RESPETAR, NOMBRE Y CÓDIGO; 1A) CONCENSION MINERA PALMADERA I B) 53- 00040-24 C) DOROTEO AQUINO SERRANO, IVAN QUISPE GOMEZ, ESTANISLAO QUISPE GOMEZ Y ADAN QUISPE GOMEZ, D) R.D. N° 492-2025-GR-DREM-APURIMAC, 09/09/2025 E) 18 F) V1: N8 426 E695, V2: N8 425 E695, V3: N8 425 E693, V4: N8 426 E693 G) No tiene derechos mineros por respetar; 2A) MINA SAN VICENTE B) 53-00060-24 C) GENARO EUSTAQUIO CHACON VALDIGLESIAS, FELIX VILCAHUAMAN HUILLCAHUAMAN, JERRY KRANK CHACON JURO, ELIO RAMOS HILARES, WALTER ESPINOZA BARAZORDA Y EMERSON ESPINOZA ESPINOZA, D) R.D. N° 489-2025-GR-DREM-APURIMAC, 09/09/2025, E) 18, F) V1: N8 506 E747, V2: N8 505 E747, V3: N8 505 E746, V4: N8 506 E746 G) No tiene derechos mineros por respetar; 3A) MUQUI DE CASCAJILLO, B) 53-00036-24 C) TIMOTEO YUPANQUI CCORAHUA Y MOISES NOE YUPANQUI CARBAJAL D) R.D. N° 495-2025-GR-DREM- APURIMAC, 09/09/2025 E) 18 F) V1: N8 473 E738, V2: N8 472 E738, V3: N8 472 E737, V4: N8 473 E737 G) No tiene derechos mineros por respetar; 4A) APU GUILLEN I B) 53-00059-24 C) GERMAN GUILLEN JIMENEZ D) R.D. N° 510-2025-GR-DREM-APURIMAC, 15/09/2025 E) 18 F) V1: N8 458 E695, V2: N8 457 E695, V3: N8 457 E694, V4: N8 458 E694 G) No tiene derechos mineros por respetar; 5A) FAMILIA SUECA B) 53-00024-24 C) JAVIER SUECA