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33 NORMAS LEGALES Jueves 18 de diciembre de 2025 El Peruano / grado académico que otorga la Academia Diplomática del Perú; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporación Incorporar al Servicio Diplomático de la República e inscribir en el Escalafón del Servicio Diplomático con la categoría de Tercer Secretario, a partir del 1 de enero del año 2026, a los siguientes treinta (30) alumnos de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, que han concluido con éxito el Programa de Formación Profesional 2024-2025, conforme al orden de méritos correspondiente: 1. Antúnez de Mayolo Otero, Salvador 2. Zarate Palomino, Helaman Jahairo 3. Figueroa Postigo, Nicolas Mauro Andres 4. Quispe Rojas, Carlos Augusto 5. Ocampo Chávez, Martha Gracia Camila 6. Pocco Hermosilla, José Antonio 7. Alvarez Quintanilla, Arianna 8. Arriola Vega, Renato 9. Caballero Loo, María Fernanda 10. Garrido Mayer, Mauricio 11. Hidalgo Cárdenas, Andrea Gabriela 12. Mogrovejo Palomo, José Ignacio 13. Recabarren Martínez, Mariana 14. Duran Echevarria, Fatima Isabel 15. Del Valle Vargas, Jorge Enrique Junior 16. Matallana Pacheco, Francisco Manuel 17. Angulo Trelles, Christian Fernando 18. Santos Blas, Gena Meylin 19. Quiliche Arévalo, Sandra Jimena 20. Salazar Lopez, Raysa Alexsandra 21. Ramos Rodríguez, Angie Amelia 22. Paliza Ortega, Emilio 23. Félix Jiménez, Diego Leonardo 24. Zumaeta Aliaga, Fernando Rodrigo 25. Pineda Marin, Katherine Giuliana 26. Hidalgo Tapiero-Cohen, Hernando Fabrizzio 27. Ordóñez Rebatta, Diego Alonso 28. Alor Pretell, Juan Carlos 29. Reátegui Sokolova, Edwin 30. Tapia Torres, Erick Ricardo Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ Ministro de Relaciones Exteriores 2469675-4 SALUD Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú - Japón RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº D000408-2025-SG-MINSA Jesús María, 16 de diciembre del 2025 VISTO; El expediente N° 2025-0355773, que contiene el Memorándum N° D005204-2025-OGGRH-MINSA, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, el Oficio N° 001379-2025-SERVIR-PE, que remite el Informe Técnico N° 000288-2025-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR y el Informe N° D001254-2025-OGAJ-MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modificada por el Decreto Legislativo N° 1602, que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; mientras que el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo por el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), en cuyo literal b) del numeral 5.1 define al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 6.2 de la citada Directiva establece los supuestos para la elaboración del CAP Provisional; en ese sentido, el supuesto 2 establecido en el sub numeral 6.2.1.2 dispone que: “Las entidades públicas que, a través de la Ley de Presupuesto Público para el año fiscal correspondiente u otra norma sustantiva, son exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación, pueden emplear este supuesto; debiendo contar con la información presupuestal que justifique la creación e incremento de cargos o posiciones.”; Que, mediante Ley N° 32059, Ley que autoriza el nombramiento progresivo del personal administrativo comprendido en el Decreto Legislativo N° 1057 del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales, se autoriza el nombramiento progresivo de los trabajadores administrativos profesionales, técnicos y auxiliares contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales; Que, el literal r) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 autoriza, a partir del mes de diciembre de 2025, el nombramiento de hasta el 50% de los profesionales, técnicos y auxiliares administrativos del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales comprendidos en la Ley N° 32059, que autoriza el nombramiento progresivo del personal administrativo contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; Que, mediante el Informe Técnico N° 000288-2025-SERVIR-GDSRH, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, emite opinión favorable a