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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 19 de diciembre de 2025 El Peruano / obligada al pago de los costos del procedimiento en favor de la Acurea. Sin embargo, para proceder a cumplir con tal disposición, previamente, la parte denunciante deberá presentar una solicitud de liquidación de costos ante el INDECOPI, misma que será sometida a una veri fi cación de cumplimiento de los requisitos esenciales establecidos en la Directiva Nº 001-2015-TRI-INDECOPI y demás disposiciones pertinentes. En tal sentido, el cumplimiento de este extremo será atendido en su debida oportunidad, siendo la O fi cina de Asesoría Jurídica la encargada de informar el inicio de su tramitación ante las áreas institucionales competentes; • Finalmente, de atendido lo que fuere recomendado, se deberá alcanzar a la O fi cina de Asesoría Jurídica un ejemplar original de la resolución administrativa de cumplimiento, así como, de todos los demás actos de administración (o fi cios, memorandos, etc.) a través de los cuales se informa y dispone que todas las áreas pertinentes inapliquen los cobros de los once (11) procedimientos administrativos del TUPA declarados barreras burocráticas ilegales, a efectos que la O fi cina de Asesoría Jurídica pueda cumplir con informar al INDECOPI dentro del plazo concedido de un (1) mes, el cual, si bien vence el 6 de diciembre de 2025, no obstante, al no ser día hábil (sábado), se recomienda dar atención a lo solicitado hasta el viernes 5 de diciembre de 2025 ; Que, en consecuencia, el Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria Nº 63-2025, de fecha 03.12.2025, en mérito a la opinión legal realizada por la Jefatura de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, acordó lo siguiente: a) Disponer resolutivamente la inaplicación de los once (11) cobros de los procedimientos administrativos del TUPA a partir del 28.11.2025, contenidos en el Anexo 1 de la Resolución Nº 0440-2025/SEL-INDECOPI; b) Encomendar a la Secretaría General cumpla con informar a todas áreas administrativas de la UNS, especialmente a las que intervienen en los once (11) procedimientos administrativos del TUPA cuyos cobros han sido declarados barreras burocráticas, a efectos que tomen conocimiento de lo resuelto por el Tribunal de INDECOPI e inapliquen temporalmente los mencionados cobros hasta que la universidad actualice y modi fi que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), correspondiendo dar trámite a los procedimientos sin la acreditación del pago. Con la precisión que dicha medida preventiva es provisional cuya fi nalidad es no incurrir en infracciones que ameriten sanción en contra de la universidad; c) Informar ante el INDECOPI hasta el 05 de diciembre de 2025, todas aquellas acciones o medidas administrativas emprendidas para cumplir con lo ordenado. d) Disponer que la Dirección de Imagen Institucional de la Universidad Nacional del Santa, en coordinación con la Secretaría General, informen a los estudiantes y público en general, mediante publicación en la sección “ALERTAS” o “NOTICIAS” del portal web institucional, las barreras burocráticas declaradas ilegales en la Resolución Nº 0440-2025/SEL-INDECOPI, debiendo adjuntar (cargar) los Anexos 1 y 2 de la referida resolución en la publicación, a efectos que puedan ser de fácil acceso y visualización. e) Encargar a la O fi cina General de Asesoría Jurídica para que remita al INDECOPI la Constancia de Depósito Nº 316700088, por la suma de S/507.65 (quinientos siete con 65/100 soles), en cumplimiento al mandato de pago de las costas del procedimiento en favor de la Acurea; f) Encomendar a la O fi cina de Asesoría Jurídica informar el inicio de la tramitación de los pagos de costas y costos; g) Encargar a la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica para que remita al INDECOPI, un ejemplar de la presente resolución, así como, de todos los demás actos de administración (o fi cios, memorandos, etc.) a través de los cuales se informa y dispone que todas las áreas pertinentes inapliquen los cobros de los once (11) procedimientos administrativos del TUPA declarados barreras burocráticas ilegales; h) Disponer la emisión de la resolución correspondiente;Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acordado en el Consejo Universitario, en su Sesión Extraordinaria Nº 63-2025, de fecha 03.12.2025, y en uso de las atribuciones que concede la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria; SE RESUELVE:1º.- DISPONER en mérito a lo resuelto en la RESOLUCIÓN Nº 0440-2025/SEL-INDECOPI, de fecha 23.10.2025, noti fi cada el 06.11.2025 y emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, la inaplicación de los cobros de los once (11) procedimientos administrativos del Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, a partir del 28.11.2025, contenidos en el Anexo 1 de la referida resolución, y de conformidad a los Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional del Santa, aprobado con Resolución Nº 766-2022-CU-R-UNS, de fecha 18.11.2022, y tal como se indica en dos (02) folios que como anexo forma parte de la presente Resolución. 2º.- ENCOMENDAR a la Secretaría General cumpla con informar a todas áreas administrativas de la UNS, especialmente a las que intervienen en los once (11) procedimientos administrativos del TUPA cuyos cobros han sido declarados barreras burocráticas, a efectos que tomen conocimiento de lo resuelto por el Tribunal del Indecopi e inapliquen temporalmente los mencionados cobros hasta que la universidad actualice y apruebe la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), correspondiendo dar trámite a tales procedimientos sin la acreditación del pago. Con la precisión que dicha medida preventiva es provisional cuya fi nalidad es no incurrir en infracciones que ameriten sanción en contra de la universidad. 3º.- DISPONER que la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional de la UNS, en coordinación con la Secretaría General, informen a los estudiantes y público en general, mediante publicación en la sección “ALERTAS” o “NOTICIAS” del portal web institucional, las barreras burocráticas declaradas ilegales en la Resolución Nº 0440-2025/SEL-INDECOPI, debiendo adjuntar los Anexos 1 y 2 de la referida resolución en la publicación, a efectos que puedan ser de fácil acceso y visualización; mandato que ha sido cumplido anticipadamente con fecha 27.11.2025. 4º.- ENCARGAR a la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica para que remita al Indecopi, un ejemplar de la presente resolución, así como, de todos los demás actos de administración (o fi cios, memorandos, etc.) a través de los cuales se informa y dispone que todas las áreas pertinentes inapliquen los cobros de los once (11) procedimientos administrativos del TUPA declarados barreras burocráticas ilegales, asimismo, todas aquellas acciones o medidas administrativas emprendidas para cumplir con lo ordenado y remita la Constancia de Depósito Nº 316700088, por la suma de S/507.65 (quinientos siete con 65/100 soles), en cumplimiento al mandato de pago de las costas del procedimiento en favor de la Acurea e informar, en su oportunidad, el inicio de la tramitación del pago de los costos. 5º.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución y formato correspondiente descargado del SUT , en el diario ofi cial “El Peruano” conforme a ley. 6º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal del Diario O fi cial El Peruano (www.elperuano. pe) y en la página web de la UNS (www.uns.edu.pe). Regístrese, comuníquese y archívese. AMÉRICA ODAR ROSARIO Rectora de la Universidad Nacional del Santa MARIO AUGUSTO MERCHÁN GORDILLO Secretario General