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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad de lo previsto por el art. 200, numeral 4) de la Constitución Política del Perú, tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las Normas Regionales de carácter general; POR LO TANTO: El Pleno del Concejo Municipal, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9º, numerales 8 y artículo 40º del mismo cuerpo legal, por mayoría, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CONFORMACION DE LA MESA DE TRABAJO PARA LA ATENCION DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES (METRAPAM) DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO Y SU REGLAMENTO Artículo Primero.- APROBAR, la Conformación de la Mesa de Trabajo para la Atención de las personas Adultas Mayores – METRAPAM del Distrito de San Antonio, constituida por los Representantes de las Entidades Públicas, Privadas y la Sociedad Civil del Distrito San Antonio. Artículo Segundo.- APROBAR, el Reglamento de la Mesa de Trabajo para personas Adultas Mayores – METRAPAM del Distrito de San Antonio, que consta de X Capítulos, 39º Artículos y 05 Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, que forma parte de la Ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR, al titular de la entidad a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones normativas complementarias necesarias para la e fi ciente y efi caz, cuidado y protección de la persona adulta mayor. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico Social la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documental la publicación del presente dispositivo legal - Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación integra de la ordenanza y su reglamento en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de San Antonio https://munisanantonio-mariscalnieto.gob.pe/. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede de la Municipalidad Distrital de San Antonio, a los 13 días del mes de noviembre del año 2025. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2458687-1 Ordenanza Municipal que aprueba la modificación del artículo 9º de la Ordenanza Municipal Nº 003-2025-MDSA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2025- MDSA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 022-2025-CM/MDSA celebrada el 20 de noviembre del 2025, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio en Sesión Ordinaria Nº 022-2025-CM/MDSA celebrada el 20 de noviembre del 2025; Vistos: El Informe Nº 577-2025-MDSA/GM/GAT de fecha 07 de noviembre del 2025, Informe Nº 551-2025-MDSA/A/GM de fecha 11 de noviembre del 2025, Acuerdo de Concejo Nº 098-2025-CM/MDSA de fecha 21 de noviembre del 2025; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1º, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11º, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 9. Inciso 8 de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades, Una de las Atribuciones del Concejo Municipal es: 8 Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo en el artículo 20” Incisos 4 y 5, establecen que las atribuciones del Alcalde son: “Proponer al concejo municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos” y “Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación; y en el artículo 40” Indica: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la Estructura Normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa”; (…), en concordancia con el inciso 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Estando a los fundamentos expuestos el Pleno del Concejo Municipal, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9º, numerales 8 y artículo 40º del mismo cuerpo legal, por unanimidad aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL ARTICULO 9º DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2025- MDSA Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del Artículo 9º de la Ordenanza Municipal Nº 003-2025-MDSA de fecha 11 de febrero del 2025, que aprobó la “I Campaña Tributaria 2025 de Bene fi cio e Incentivo Tributario” en el distrito de San Antonio, el cual queda redactado de la siguiente forma: “Artículo 9º.- La Municipalidad Distrital de San Antonio, efectuara el sorteo de los bienes el 08 de enero del año 2026 (…)”; Artículo Segundo.- DEJAR SUBSISTENTES, en todos sus extremos los demás artículos de la Ordenanza Municipal Nº 003-2025-MDSA.