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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / 060-2019-PROMPERU/PE y la Resolución Ministerial N° 066-2025-MINCETUR; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 22 de diciembre de 2025, al señor Javier Ernesto Delgado Vite en el puesto de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Tecnologías de la Información de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO MANUEL FRANCISCO LIMO DEL CASTILLO Presidente Ejecutivo 2470518-1 INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Cuero Calzado Arequipa - CITEcuero Calzado Arequipa” RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000186-2025-ITP/DE San Isidro, 18 de diciembre del 2025 VISTOS: El Informe N° 0069-2025-ITP/CITECUEROCALZADO- AREQUIPA, el Informe N° 0077-2025-ITP/CITECUEROCALZADO-AREQUIPA y el Informe N° 0096-2025-ITP/CITECUEROCALZADO-AREQUIPA del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Cuero Calzado Arequipa - CITEcuero Calzado Arequipa (en adelante, CITEcuero Calzado Arequipa); el Memorando N° 0923-2025-ITP/DEDFO de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante, DEDFO); el Memorando N° 2004-2025-ITP/OA y el Memorando N° 2024-2025-ITP/ OA de la O fi cina de Administración (en adelante, OA); el Memorando N° 1537-2025-ITP/OGRRHH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos (en adelante, OGRRHH); el Memorando Múltiple N° 0159-2025-ITP/OPPM, el Memorando N° 7634-2025-ITP/OPPM y el Memorando N° 7920-2025-ITP/OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); el Informe N° 000601-2025-ITP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del Instituto Tecnológico de la Producción (en adelante ITP); Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013- 2020, que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el fi nanciamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas, siendo que estas últimas son fi jadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 000154- 2025-ITP/DE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 6 de noviembre de 2025, se aprobó la “Directiva de determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP - DIR N° 004-2025- ITP/DE que deroga la Directiva N° 001-2021-ITP/DE aprobada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, y se precisa en su numeral 9.2 que los trámites de gestión del Catálogo de Servicios (CDS) y de tarifarios iniciados antes de la vigencia de dicha Directiva, se rigen bajo la Directiva N° 001-2021-ITP/DE, por lo que, al haber iniciado el CITEcuero Calzado Arequipa su solicitud del CDS el 12 de febrero de 2025, le resulta aplicable esta última; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040-2016-PRODUCE se crea el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Cuero Calzado Arequipa - CITEcuero Calzado Arequipa”; así también, mediante Resolución Ejecutiva N° 102-2022-ITP/DE y modi fi catorias, se aprobó su Tarifario de Servicios Tecnológicos conformado a la fecha por veinticinco (25) servicios tecnológicos, consignados en el Anexo correspondiente; Que, con el Informe N° 0069-2025-ITP/ CITECUEROCALZADO-AREQUIPA, el CITEcuero Calzado Arequipa remitió a la DEDFO su propuesta de inclusión de veinticuatro (24) nuevos servicios tecnológicos, la eliminación de seis (6) servicios tecnológicos aprobados en el Tarifario vigente, la actualización de diecinueve (19) servicios tecnológicos aprobados en el Tarifario vigente; la cual cuenta con opinión favorable de la DEDFO, conforme lo señalado en el Memorando N° 0923-2025-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe N° 0021-2025-ITP/JMR-DEDFO; Que, con Informe N° 0077-2025-ITP/ CITECUEROCALZADO-AREQUIPA e Informe N° 0096-2025-ITP/CITECUEROCALZADO-AREQUIPA, el CITEcuero Calzado Arequipa remitió el CDS validado y las estructuras de costos enmarcadas en la metodología e incluidas en el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios – SISTAR, así como su propuesta de inclusión de las Notas N° 7 y 8 al Tarifario vigente; y asimismo, con el Memorando N° 2004-2025-ITP/OA sustentado en el Informe N° 4219-2025-ITP/OA-UFABAST y el Informe N° 0409-2025-ITP/OA-UFABAST-CP y el Memorando N° 2024-2025-ITP/OA sustentado en el Informe N° 4276-2025-ITP/OA-UFABAST; el Memorando N° 1537-2025-ITP/OGRRHH; el Memorando N° 7634-2025-ITP/OPPM sustentado en el Informe Técnico N° 0032-2025-ITP/OPPM-UFM y el Memorando N° 7920- 2025-ITP/OPPM sustentado en el Informe N° 0046- 2025-ITP/OPPM-UFM; la OA, la OGRRHH y la OPPM respectivamente, validan la propuesta remitida; Que, mediante Informe N° 601-2025-ITP/OAJ, la OAJ opinó que corresponde la modi fi cación del tarifario vigente del CITEcuero Calzado Arequipa, a fi n de incluirse veinticuatro (24) nuevos servicios tecnológicos, eliminarse seis (6) servicios tecnológicos aprobados, actualizarse diecinueve (19) servicios tecnológicos aprobados, incluirse las Notas 7) y 8) al Tarifario vigente, así también la modi fi cación de las Notas 2), 3), 4) y 5); en ese sentido, señaló que el Tarifario estará compuesto por cuarenta y tres (43) servicios tecnológicos, así como sus respectivas Notas, a ser prestados por el mencionado CITE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva