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47 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modi fi caciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU”; Que, don RUBEN ELIAS CERRON BARRETO, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA COMUNICACION, por pérdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo N° 024-B, Fojas Nº 403, Registro Nº 296 y fecha de expedición 03.11.1997, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 04 de marzo de 2025. RESUELVE: 1º.- ANULAR el DIPLOMA DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA COMUNICACION, de don RUBEN ELIAS CERRON BARRETO, de fecha primigenio 03.11.1997, por motivo de pérdida. 2º.- OTORGAR el DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA COMUNICACION, a don RUBEN ELIAS CERRON BARRETO, de acuerdo al siguiente detalle: Registro Nº 296, Tomo N° 024-B, Fojas Nº 403. 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ Rector ROY PEDRO SACAICO PALACIOS Secretario General 2387106-1 Otorgan diploma de duplicado de título profesional en Trabajo Social de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1356-2025-CU-GYT/ UNCP Huancayo, 13 de octubre de 2025Visto, el expediente 67014-2025 de fecha 01.09.2025, seguido por doña NANCY ISABEL CASTAÑEDA GODOY, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL EN TRABAJO SOCIAL, por pérdida. CONSIDERANDO:De conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nº 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modi fi caciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU”; Que, doña NANCY ISABEL CASTAÑEDA GODOY, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL EN TRABAJO SOCIAL, por perdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo Nº 031-T, Fojas Nº 017, Registro Nº 669 y fecha de expedición 30.04.2008, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 13 de octubre de 2025. RESUELVE: 1º.- ANULAR el DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL EN TRABAJO SOCIAL, de doña NANCY ISABEL CASTAÑEDA GODOY, de fecha primigenio 30.04.2008, por motivo de perdida. 2º.- OTORGAR el DIPLOMA DE DUPLICADO DE TÍTULO PROFESIONAL EN TRABAJO SOCIAL, a doña NANCY ISABEL CASTAÑEDA GODOY, de acuerdo al siguiente detalle: Tomo Nº 031-T, Fojas Nº 017, Registro Nº 669. 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad de Trabajo Social. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ Rector ROY PEDRO SACAICO PALACIOS Secretario General 2450721-1