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58 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 375/MDSA, que aprueba el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita” y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDIA N° 00008-2025/ MDSA Santa Anita, 15 de diciembre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe N° 0350-2025-SGRCRT- GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria; el Informe N° 0083-2025-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; el Informe N° 0605-2025-OGAJ/MDSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; así como el Memorándum N° 1719-2025-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo previsto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, gozando de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 375/MDSA, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de julio de 2025, se aprobó el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita”, estableciendo bene fi cios tributarios de carácter temporal y excepcional a favor de los contribuyentes con obligaciones pendientes o por vencer respecto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Cuotas de Fraccionamiento Tributario, Multas Tributarias, así como Costas y Gastos Procesales en procedimientos de ejecución coactiva, en cualquier estado de cobranza, con vigencia hasta el 30 de octubre de 2025; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Ordenanza faculta al Despacho de Alcaldía a prorrogar su vigencia mediante Decreto de Alcaldía y dictar las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 00007-2025- ALC/MDSA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de octubre de 2025, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 375/MDSA hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, los informes N° 0083-2025-GSATDE/MDSA y N° 0350-2025-SGRCRT-GSATDE/MDSA sustentan la necesidad de ampliar el plazo de vigencia del Régimen aprobado, a fi n de continuar promoviendo la regularización de obligaciones tributarias y fortalecer la recaudación municipal, otorgando facilidades a los contribuyentes dentro del marco de la política tributaria local; Que, mediante Informe N° 0605-2025-OGAJ/MDSA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la prórroga solicitada, opinión que es concordante con la posición institucional expresada por la Gerencia Municipal mediante Memorándum N° 1719-2025-MDSA/GM; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 6) y 8) del artículo 20°, y en el artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRÓRROGA DE VIGENCIA Prorróguese la vigencia de la Ordenanza N° 375/ MDSA, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de julio de 2025, que aprueba el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita”, hasta el 28 de febrero de 2026. Artículo Segundo.- ENCARGO PARA EJECUCIÓN Encárguese a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, a la Ofi cina General de Administración y Finanzas, a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, y a las demás unidades orgánicas competentes, el estricto y oportuno cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- PUBLICACIÓN Dispóngase a la O fi cina General de Secretaría gestione la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano , y que la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación efectúe su publicación en el Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (www.munisantanita.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2469840-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHARI Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Distrital de Pichari, provincia de La Convención - Cusco ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2025-MDP/LC Pichari, 9 de julio de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHARI VISTOS: En la Sesión Ordinaria de fecha 09 de julio de 2025, Informe Nº 0406-2025-MDP-OGPP, de fecha 20 de mayo de 2025, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 0164-2025-MDP-GM/CRR de fecha 22 de mayo de 2025, del Gerente Municipal, Informe Legal Nº 103-2025-MDP-OGAJ/EPC de fecha 26 de mayo de 2025, del Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Pichari, Informe Nº 0222-2025-MDP/LC-OGAC-FLLQ de fecha 12 de junio de 2025, Informe Nº 0488-2025-MDP- OGPP, de fecha 17 de junio de 2025, Informe Nº 0520-MDP/OGPP, de fecha 26 de junio de 2025; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía de las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 40º, dispone que: “Las ordenanzas de las