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56 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) y presenta ante SERVIR para emisión de la correspondiente opinión favorable; asimismo efectúa el trámite de la Ordenanza Regional y del CAP-Provisional ante el Consejo Regional de Ucayali para aprobación en sesión del Consejo Regional; igualmente, formula el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y presenta ante la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos del MEF para emisión de la correspondiente opinión favorable, en el marco de las directivas y lineamientos aplicables. Tercera.- Elaboración de los Manuales de Operaciones (MOP) y Documentos de Gestión de Recursos Humanos Los Titulares de las Direcciones Regionales que tienen el nivel operativo de unidades ejecutoras del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las Gerencias Territoriales, la Autoridad Regional Ambiental Ucayali, del Programa Regional de Infraestructura Multisectorial, del Hospital Regional de Pucallpa y del Hospital Amazónico de Yarinacocha son responsables de conducir y dirigir la elaboración del Manual de Operaciones (MOP), Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) y/o Manual de Per fi les de Puestos (MPP), Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP). En el plazo máximo de noventa (90) días calendarios, contados a partir de entrada en vigencia la presente Ordenanza, las siguientes unidades de organización elaboran el Manual de Operaciones (MOP) y gestionan el trámite ante la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto para evaluación y conformidad: - Dirección Regional de Salud, incorporando a las Redes Integradas de Salud - Dirección Regional de Educación, incorporando a las Unidades de Gestión Educativa Local - Dirección Regional de Agricultura- Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo- Dirección Regional de la Producción- Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones- Programa Regional de Infraestructura Multisectorial- Autoridad Regional Ambiental de Ucayali- Gerencias Territoriales- Hospital Regional de Pucallpa- Hospital Amazónico de Yarinacocha En el plazo de noventa (90) días calendarios, contados a partir del día siguiente de publicación en el Diario O fi cial El Peruano del Decreto Regional que aprueba el Manual de Operaciones (MOP), las Unidades de Recursos Humanos o las que hagan sus veces, elaboran el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) y/o Manual de Per fi l de Puestos (MPP) y gestionan el trámite de aprobación; así como elaboran la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) en coordinación con la Subgerencia de Recursos Humanos, quien presenta ante SERVIR para emisión de la correspondiente opinión favorable; asimismo, efectúan el trámite de la Ordenanza Regional y del CAP-Provisional ante el Consejo Regional de Ucayali para aprobación en sesión del Consejo Regional; igualmente, formula el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y presenta ante la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos del MEF para emisión de la correspondiente opinión favorable, en el marco de las directivas y lineamientos aplicables. Cuarta.- Instancias del Sistema de Planeamiento y Estadística del Gobierno Regional Las áreas de Planeamiento de las Gerencias Regionales de Línea, Direcciones Regionales y de los Órganos Desconcentrados, se constituyen en instancias del Sistema de Planeamiento y Estadística del Gobierno Regional de Ucayali. En este marco, deberán remitir oportunamente, bajo responsabilidad, la información estadística sobre sus operaciones a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, como insumo para el monitoreo y evaluación de las políticas, planes, programas, proyectos y servicios públicos regionales.Quinta.- Financiamiento La implementación de la presente Ordenanza y del Reglamento de Organización y Funciones, se fi nancia con cargo al presupuesto del Pliego 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ucayali para su promulgación. Pucallpa, al primero de diciembre del dos mil veinticinco. JAIME OBDULIO GARCÍA FERNÁNDEZ PresidenteConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 3 días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 2466091-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que fija el pago mínimo de Impuesto Predial 2026, calendario tributario e incentivos por pronto pago ORDENANZA N° 536-2025-MDL Lince, 16 de diciembre de 2025 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTO: El Informe Técnico N° 08-2025-MDL/GAT/ SRROC, de fecha 21 de noviembre de 2025, de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente; el Informe Técnico N° 00006-2025-MDL/ GAT, de fecha 21 de noviembre de 2025, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 00472-2025-MDL-OGAJ, de fecha 24 de noviembre de 2025, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 0727- 2025-MDL/GM, de fecha 25 de noviembre de 2025, de la Gerencia Municipal; el Dictamen N° 38-2025-MDL-CAL, de fecha 03 de diciembre de 2025, de la Comisión de Asesoría Legal; el Dictamen N° 12-2025-MDL-CAF, de fecha 03 de diciembre de 2025, de la Comisión de Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en el artículo 195° inciso 4 de la Constitución Política del Perú, que los gobiernos locales son competentes para creer, modi fi car y suprimir