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46 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, dicho informe concluye además que, la zonifi cación y zona de amortiguamiento del ANP no han sido modi fi cadas, por lo que no es necesario un proceso de consulta previa; en ese sentido, recomienda aprobar el Plan Maestro del Bosque de Protección de Pui Pui periodo 2025-2030; Que, en el Informe N° 000711--2025-SERNANP/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo al informe emitido por la Subdirección de Políticas, Prospectiva y Base Física de la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas y de la Dirección de Uso Sostenible de los Recursos Naturales, en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro del Bosque de Protección de Pui Pui periodo 2025-2030; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Uso Sostenible de los Recursos Naturales, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal f) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000012-2025-SERNANP y en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro del Bosque de Protección de Pui Pui, periodo 2025-2030, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Jefatura del Bosque de Protección de Pui Pui, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE Presidente Ejecutivo del SERNANP 2470509-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Designan Asesor II de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 165-2025- SUNAFIL Lima, 19 de diciembre de 2025VISTOS: El Memorándum N° 150-2025-SUNAFIL/SP, de fecha 18 de diciembre de 2025, de Superintendencia; el Informe N° 42-2025-SUNAFIL/GG/ORH/MANUAL, de fecha 19 de diciembre de 2025, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 557-2025-SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 19 de diciembre de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor II de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, corresponde designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado de la Gerenta General, del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos y de la Jefa (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 22 de diciembre de 2025, al señor TOMÁS ALEJANDRO FLORES NORIEGA, en el puesto de Asesor II de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Notifi car a la Unidad Funcional de Integridad Institucional, a efectos de que realice el seguimiento del cumplimiento de suscripción de las Declaraciones Juradas de Intereses en la oportunidad y en los plazos correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR ALFONSO VALLEJOS FLORIAN Superintendente 2470588-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicado de diploma de Bachiller en Ciencias de la Comunicación de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 0708-2025-CU-GYT/ UNCP Huancayo, 4 de marzo de 2025 Visto, el expediente 375989-2025 de fecha 07.01.2025, seguido por don RUBEN ELIAS CERRON BARRETO, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA COMUNICACION, por pérdida. CONSIDERANDO: De conformidad a los Artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario