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85 NORMAS LEGALES Viernes 26 de diciembre de 2025 El Peruano / edifi caciones ejecutadas Sin Licencia Municipal en el Distrito de San Borja, faculta al señor Alcalde para que, de ser el caso, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias y reglamentarias para la correcta aplicación de la Ordenanza, de resultar conveniente prorrogar el plazo de su vigencia conforme a sus atribuciones. ii) Resulta conforme a la normativa vigente que, mediante Decreto de Alcaldía, se apruebe la propuesta de prórroga de vigencia de la Ordenanza N° 731-2025-MSB, que establece bene fi cios para la regularización de las edi fi caciones ejecutadas Sin Licencia Municipal en el Distrito de San Borja, conforme a la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro y de la Subgerencia de Obras Privadas, recomendando adecuar el plazo propuesto en el proyecto de Decreto de Alcaldía a tres (03) meses; Que, con Memorándum N° D000986-2025-MSB-GM de fecha 19 de diciembre de 2025, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, la Subgerencia de Obras Privadas, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 731-2025-MSB, Ordenanza que establece bene fi cios para la regularización de las edi fi caciones ejecutadas sin licencia municipal en el distrito de San Borja; así como el plazo para el acogimiento establecido, hasta el 31 de marzo de 2026. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo Municipal la publicación del Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía y Anexo en la Plataforma del Estado Peruano Gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2471689-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivo (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Luis RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 0044-2025- MDSL-GM San Luis, de 18 noviembre de 2025VISTO, el Informe Legal N° 00284-2025-MDSL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 17 de noviembre de 2025, el Informe N° 184-2025-MDSL-GPEP de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto de fecha 21 de octubre de 2025, que remite la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Luis y; CONSIDERANDO:Que la Constitución Política del Perú, en sus artículos 74° y 194° reconocen que los Gobiernos Locales tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido por el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que el numeral 43.4, del artículo 43, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la Entidad establecen la denominación, descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, el Texto Único de Servicios No exclusivos (TUSNE), es el documento de gestión que contiene los servicios no exclusivos que brindan las entidades públicas a la población, sustentándose la naturaleza no exclusiva, en que el ejercicio de dicha función no ha sido otorgado por mandato de una ley, siendo, asimismo, que el TUSNE cumple con una función informativa que le permite al administrado conocer los servicios que también brinda la municipalidad, sus costos y los plazos para su atención; Que, mediante la Resolución de Gerencia Municipal Nº 078-2023-MDSL-GM del 15 de diciembre de 2023, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Luis, siendo modi fi cado mediante las Resoluciones de Gerencia Municipal N° 077-2024-MDSL-GM del 11 de octubre de 2024 y Nº 078-2024-MDSL-GM del 11 de noviembre de 2024 incorporando progresivamente nuevos servicios a cargo de las Gerencias y Subgerencias competentes; Que de conformidad al Informe N° 184-2025-MDSL- GPEP, la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto fundamenta el consolidado del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Luis, precisando los requisitos y precios de dichos servicios, a fi n de contar con el instrumento normativo actualizado, el mismo que ha sido elaborado en coordinación con las unidades orgánicas prestadoras de esta entidad edil; Que, mediante el Informe N° 00284-2025-MDSL-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, otorga opinión legal favorable a la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Luis, presentada por la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto a través del Informe N° 00184-2025-MDSL-GPEP; Que, el artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 148-2023-MDSL/A delega al Gerente Municipal la atribución de aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), así como su modi fi cación y actualización y disposiciones vinculadas al mismo; Que, estando a las consideraciones antes indicadas, en mérito a las normas señaladas, en uso de las facultades delegadas, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivo (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Luis, cuyos requisitos y precios se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Gerencia Municipal. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia Municipal Nº 078-2023-MDSL-GM y sus modi fi catorias. Artículo Tercero.- DEROGUESE Y/O DEJESE sin efecto toda disposición administrativa que se oponga a la presente Resolución de Gerencia Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Gerencia Municipal, a las unidades orgánicas competentes de acuerdo a sus funciones. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal y su anexo como parte integrante, en el Portal Web Institucional (www.munisanluis.gob.pe). JOSE ANTONIO F. ROCA SILVA Gerente Municipal 2471892-1