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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (26/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 26 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, mediante O fi cio Nº 079-2025-GRL-GGR, de fecha 23 de enero del 2025, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto e Inversión Pública del Gobierno Regional de Loreto, remite Informe Nº 001-2025-GRL-GGR-GRPPIP, Informe Técnico Complementario que sustenta la propuesta de modi fi cación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto, en el cual sustenta el Órgano Desconcentrado: Unidad de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre; Que, con O fi cio Nº D000207-2025-PCM-SGP, de fecha 28 de enero, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, hace llegar el Informe Nº D000033-2025-PCM-SSAP, suscrito por la Subsecretaria de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, documento en cuyo punto V Conclusiones y Recomendaciones, señala: “…el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto cuenta con viabilidad técnica y legal, toda vez que cumple con las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobierno Regionales y los Lineamientos de Organización del Estado”. Que, mediante correo electrónico de fecha 17 de diciembre del 2024, la especialista de la Subsecretaria de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, comunica “… se evidencia que se han resuelto la mayoría de las observaciones y oportunidades de mejoras propuestas. Por ello, se adjunta una versión en control de cambios y con comentarios, de acogerlos y de estar conformes, sería la versión consolidada con las cuales se subsana las observaciones listadas en el Informe Nº D000488-2022-PCM-SSAP, de fecha 29.12.2022;” Que, a través del O fi cio Nº 060, de fecha 10 de febrero del 2025, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Loreto, eleva al Consejo Regional sustento técnico y legal para la aprobación de la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto; Que, con Dictamen Nº 004-2025-GRL-CR-CPPAT, de fecha 07 de abril del 2025, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, considera que el Consejo Regional debe aprobar el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica del Gobierno Regional Loreto, permitiendo optimizar sus procesos y cumplir con mayor e fi ciencia sus objetivos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Que, de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, artículos 9º y 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por las Leyes Nº 27902 y Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional; además, en uso de las facultades conferidas en el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 37º y el artículo 38º del mismo cuerpo legal; El pleno del Consejo Regional del Gobierno regional de Loreto acordó por Mayoría, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobar la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto, que consta de dos (2) Título, ocho (8) Capítulos, ciento catorce (114) Artículos y un (01) Estructura Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Inversión Pública y Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento e implementación de la presente norma regional; informando y dando cuenta posteriormente al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, sobre todas las acciones ejecutadas con tal fi n. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO en todas sus partes la Ordenanza Nº 010-2021-GRL-CR que aprueba el Organigrama Estructural y la Ordenanza Regional Nº 004-2022-GRL-CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en el diario de avisos judiciales de mayor circulación de la Región y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob.pe. Asimismo, encargar a la O fi cina de imagen institucional del Gobierno Regional de Loreto la difusión de la presente norma en todo el departamento de Loreto. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. RIBELINO RENGIFO RODRIGUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional de Loreto POR TANTO:De conformidad con lo establecido en los Artículos 16º,21º Inc. o), 37º Inc. a) y 38º de la Ley Nro. 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, las Leyes Nro. 27902, 28013, 28962, 28961, 28968 y 29053, concordante con el Inc. o) del Artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nro. 002-2010-GRL-CR de fecha 08 de enero de 2010. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE RENE CHÁVEZ SILVANO Gobernador Regional 2471095-1 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Declaran de necesidad pública y prioridad regional la Implementación de políticas de fortalecimiento de las familias y la creación del Consejo Regional de Fortalecimiento de Familias CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 532-2025 -G.R. P/CR POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO , en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias, en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, desarrollado el diecinueve de agosto del año dos mil veinticinco, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO:El Informe Técnico N° 00003-2025-GRP-GGR- GRDS/SGDSAPD-RARM; O fi cio N° 0216-2025 – GRP/ GOB; Informe Legal N° 419 – 2025 – GRP- GGR/DRAJ;