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7 NORMAS LEGALES Domingo 5 de enero de 2025 El Peruano / y fueron vacunados contra la enfermedad con vacunas aprobadas por el USDA. (Indicar nombre comercial de la vacuna, cepa, laboratorio productor, tipo de vacuna, vía de aplicación y programa de vacunación). 18. Neumovirosis Aviar: Los huevos fértiles proceden de granjas que no han registrado episodios de la enfermedad durante la postura, ni en los sesenta (60) días previos al embarque; y (Táchese la opción que no corresponda) Los genitores no fueron vacunados; O bien, Los genitores fueron vacunados con una vacuna autorizada por el USDA. (Indicar nombre comercial de la vacuna, cepa, laboratorio productor, tipo de vacuna, vía de aplicación y programa de vacunación). 19. Los huevos fértiles han sido desinfectados según lo establecido en las normas del Código Sanitario de los Animales Terrestres de la OMSA. 20. Las cajas y embalajes utilizados para el transporte de los huevos fértiles son nuevos y no han estado expuestas a contaminación por agentes infecciosos. 21. Durante la inspección de los huevos fértiles, no se detectó la presencia de signos clínicos de enfermedades transmisibles y ectoparásitos. PARÁGRAFO:I. El certi fi cado deberá ser emitido en español e inglés. II. No se permitirá el ingreso de alimentos, concentrados o camas que acompañen a los huevos fértiles. III. Los huevos fértiles deben llegar acompañados del programa de vacunación del plantel de origen, en el que se indique el nombre comercial de la vacuna, cepa, laboratorio productor, tipo de vacuna, vía de aplicación y edad de vacunaciones. IV. Los huevos fértiles, a su ingreso a la República del Perú, serán sometidos a cuarentena por un período de tiempo determinado por el SENASA y en instalaciones autorizadas por esta Institución, sometiéndose a las medidas sanitarias que se dispongan. ESTOS REQUISITOS SANITARIOS DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR EL SERVICIO VETERINARIO OFICIAL INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACIÓN CON ESTOS REQUISITOS, LA MERCANCÍA SERÁ RECHAZADA SIN LUGAR A RECLAMO. ANEXO II REQUISITOS SANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE POLLITOS RECIÉN NACIDOS PROCEDENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Los pollitos recién nacidos estarán amparados por un certi fi cado sanitario expedido por un Médico Veterinario acreditado y endosado por un Médico Veterinario de la Autoridad O fi cial de Sanidad Animal de los Estados Unidos de América, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: I. IDENTIFICACIÓN: a. Especie: b. Raza:c. Clasi fi cación: d. Linaje:e. Cantidad:f. Nombre del Exportador:g. Dirección de Exportador: h. Nombre y dirección de la Granja de origen:i. Lugar de Embarque:j. Nombre y dirección del Importador:k. Nombre y dirección de la Planta de Incubación. II. INFORMACIONES SANITARIAS:1. (Táchese la opción que no corresponda) Los pollitos recién nacidos proceden de genitores nacidos y criados en los Estados Unidos de América y de granja o granjas cuyo nombre y ubicación se indican, O bien,Los pollitos recién nacidos proceden de genitores que han permanecido en los Estados Unidos de América un mínimo de seis (6) meses y son producidos en la granja o granjas cuyo nombre y ubicación se indican. 2. La granja de origen y la planta de incubación se encuentran registradas y autorizadas para la exportación por la Autoridad O fi cial Competente de Estados Unidos, y se encuentra habilitada por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) Perú. 3. La granja de origen es libre de signos clínicos de Tuberculosis Aviar. 4. Los pollitos recién nacidos proceden del condado ________, estado _______. Este condado es libre de Infl uenza Aviar de declaración obligatoria altamente patógena y de la enfermedad de Newcastle Velogénico y Viscerotrópico de acuerdo a los criterios de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA). 5. La granja de origen y la planta de incubación son inspeccionados regularmente por la Agencia O fi cial Estatal del Plan Nacional de Mejoramiento Avícola de los Estados Unidos de América (NPIP) según los lineamientos del USDA/NPIP. 6. En los últimos sesenta (60) días previos al embarque de los pollitos recién nacidos, la granja de origen y la planta de incubación, en un radio de 3 km, no han estado bajo cuarentena o restricción de la movilización de las aves. 7. En las granjas de origen y plantas de incubación se aplican las recomendaciones del Código Sanitario de los Animales Terrestres de la OMSA. 8. Los pollitos recién nacidos proceden de genitores que no han sido desechados en los Estados Unidos de América como consecuencia de una enfermedad infecciosa o problema sanitario no infeccioso. 9. Los pollitos recién nacidos y sus genitores no fueron vacunados contra In fl uenza Aviar. 10. Enfermedad de Newcastle: (Táchese la opción que no corresponda) Los pollitos recién nacidos proceden de genitores que no fueron vacunados contra Newcastle. O bien,Los pollitos recién nacidos proceden de genitores que fueron vacunados de conformidad con lo estipulado por la OMSA (Indicar nombre comercial de la vacuna, cepa, laboratorio productor, tipo de vacuna, vía de aplicación y programa de vacunación). 11. Bronquitis Infecciosa Aviar (BIA): (Táchese la opción que no corresponda) Los pollitos recién nacidos proceden de granjas y plantas de incubación donde no se practica la vacunación y se realizan pruebas serológicas para la detección de la enfermedad con resultados negativos. (Adjuntar la prueba ofi cial donde se indique la fecha y el laboratorio.)