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14 NORMAS LEGALES Sábado 11 de enero de 2025 El Peruano / VISTO: El Memorándum N° 00005-2025-CENEPRED/SG, de fecha 06 de enero de 2025, emitido por Secretaría General; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED, aprobado por el Decreto Supremo N° 104-2012-PCM, establece que la Jefatura es el máximo órgano de la entidad, que ejerce la titularidad y representación legal del Pliego, precisando en el literal u) del artículo 9 que la Jefatura de la entidad puede delegar las funciones no privativas de su cargo cuando lo considere conveniente; Que, según los numerales 47.1 y 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que, son modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las productos y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional y programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; y las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Memorándum N° 00005-2025-CENEPRED/SG, de fecha 06 de enero de 2025, Secretaría General del CENEPRED, propone renovar las facultades que se consideren necesarias, y se elabore el proyecto de resolución jefatural; Que, que en el marco de lo establecido en el artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se debe delegar a la Secretaria General, las funciones en materia presupuestal referida a la aprobación de la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, que se efectuarán durante el año fi scal 2025; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S. N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, por otro lado, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el/la Titular de la Entidad puede delegar, mediante Resolución, la autoridad que la norma le otorga salvo las excepciones contempladas en la referida ley y su reglamento; Con el visto bueno de Secretaría General, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema de Gestión del Riesgo de Desastres; el Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 104-2012-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y las facultades atribuidas mediante Resolución Suprema N° 058-2024-DE;SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General del CENEPRED la siguiente facultad y atribución: 1.1 En Materia Presupuestariaa) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, a propuesta de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con el artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, durante el Ejercicio Presupuestario del Año Fiscal 2025. Artículo 2.- La delegación a que se re fi ere la presente resolución comprende la atribución de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 3.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año fi scal 2025. Artículo 4.- El/la Secretario/a General deberá noti fi car a la Jefatura las resoluciones que emita como producto de la presente delegación de facultades, así como mantenerlo informado sobre los aspectos más relevantes de la delegación conferida. Artículo 5.- Notifíquese la presente resolución a la Secretaría General para conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 6.- Encargar a la O fi cina de Administración la publicación de la presente resolución Jefatural en el “Diario O fi cial El Peruano” y en el Portal Institucional del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres- CENEPRED. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROLANDO GUSTAVO CAPUCHO CÁRDENAS Jefe del CENEPRED 2361050-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Jefe de la Unidad Zonal Cusco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 006-2025- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 10 de enero de 2025 VISTOS: El Memorando N° 013-2025-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE emitido por la Dirección Ejecutiva, y el Memorando N° 060-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL como Unidad Ejecutora del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 0149-2021-MIDAGRI y N° 499-2022-MIDAGRI, se aprueba el Manual de Operaciones de AGRO RURAL, el cual establece entre