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3 NORMAS LEGALES Domingo 19 de enero de 2025 El Peruano / ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. N° 0001-2025-BCRP-N.- Aprueban misión en el exterior del Presidente del BCRP para participar en la Reunión Anual del Foro Económico Mundial 2025 60 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. N° 042-2025-UNSCH-R.- Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga a EE.UU., en comisión de servicios 61 MINISTERIO PÚBLICO Res. N° 140-2025-MP-FN.- Autorizar viaje de perito de la Oficina de Peritajes y fiscale s de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos a Argentina, en comisión de servicios 62Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Ordenanza N° 397-2025-MDC.- Ordenanza que aprueba descuentos por el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2025 D.A. N° 022-2024-MDC.- Amplían vigencia de plazo establecido en la Ordenanza N° 355-2023-MDC, que regula el procedimiento de visación de planos de trazado de vías y lotización para fines de dotación de servicios básicos para las organizaciones sociales del distrito de Cieneguilla D.A. N° 023-2024-MDC.- Amplían vigencia de plazo establecido en la Ordenanza N° 356-2023-MDC, que regula la emisión de constancia de posesión para fines de otorgamiento de factibilidad de servicios básicos que cuenten con planos visados por la Municipalidad de Cieneguilla PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 32248 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS PÁRAMOS Y BOSQUES DE NEBLINA DE LAS PROVINCIAS DE AYABACA Y HUANCABAMBA, DEPARTAMENTO DE PIURA Artículo único. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional la protección, conservación y recuperación de los páramos y bosques de neblina de las provincias de Ayabaca y Huancabamba en el departamento de Piura. El Ministerio del Ambiente coordina con el Gobierno Regional de Piura y las municipalidades provinciales de Huancabamba y Ayabaca, en el marco de sus funciones y competencias, las medidas necesarias para esta declaración. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Presidente del Congreso de la República ALEJANDRO ENRIQUE CAVERO ALVA Tercer Vicepresidente del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2363369-1 LEY Nº 32249 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY 28832, LEY PARA ASEGURAR EL DESARROLLO EFICIENTE DE LA GENERACIÓN ELÉCTRICA, A FIN DE GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO SEGURO, CONFIABLE Y EFICIENTE DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO Y PROMOVER LA DIVERSIFICACIÓN DE LA MATRIZ ENERGÉTICA Artículo 1. Modi fi cación de los artículos 1, 3, 4, 5, 7, 8 y 31, y de las disposiciones complementarias fi nales segunda y séptima de la Ley 28832, Ley para asegurar el desarrollo e fi ciente de la generación eléctrica Se modi fi can los artículos 1 —numerales 1 y 31 y se incorpora el numeral 39—, 3 —párrafo 3.1—, 4 —párrafo 4.4—, 5, 7 —incorporando el párrafo 7.3—, 8 —numerales I y II— y 31, y las disposiciones complementarias fi nales segunda y séptima de la Ley 28832, Ley para asegurar el desarrollo e fi ciente de la generación eléctrica, en los siguientes términos: “Artículo 1. De fi niciones Para efectos de la presente ley, todas las expresiones que contengan palabras, ya sea en plural o singular, y que empiezan con mayúscula, tienen los signi fi cados que se indican a continuación y son aplicables a los artículos del Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (LCE):