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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2025 (19/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 19 de enero de 2025 El Peruano / de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027” Aprobar el “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027”, para la coordinación y articulación multisectorial de intervenciones de los Ministerios y organismos públicos, en el marco de sus competencias y funciones, en los distritos en muy alto y alto riesgo ante heladas y friaje, comprendidos en el citado Plan Multisectorial, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Ejecución e implementación Los Ministerios y sus organismos públicos involucrados, en el ámbito de sus competencias y funciones, ejecutan las medidas necesarias para la implementación del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027”. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las medidas y acciones efectuadas en el marco de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo , se fi nancia con cargo a la disponibilidad presupuestal de los pliegos involucrados, conforme a sus presupuestos institucionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Seguimiento y monitoreo Encargar a la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, realizar el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027”. Artículo 5.- Informe al Consejo de Ministros El Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros informa semestralmente al Consejo de Ministros sobre los avances del cumplimiento del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027”, y gestiona su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano. Artículo 6.- Publicación Publicar el presente Decreto Supremo y su Anexo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de los ministerios cuyos titulares lo refrendan, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de Educación, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro del Ambiente y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Aprobación de instrumentos complementarios La Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante resolución, aprueba el Plan de seguimiento y evaluación y el Plan comunicacional del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027”, en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. SEGUNDA. Actualización anual del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027” La Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, con la participación de las entidades públicas involucradas, propone la actualización anual del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027” y, en los casos que corresponda, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales respectivos, para su aprobación mediante decreto supremo. TERCERA. Saldos de bienes Las entidades públicas involucradas en la ejecución del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027”, que cuenten con saldos de bienes, luego de culminada la distribución por distrito a la población objetivo prioritaria contemplada para cada Año Fiscal, pueden, en función de la disponibilidad presupuestaria y de acuerdo a sus competencias, realizar la entrega de los saldos de bienes, a favor de la población vulnerable ubicada en distritos focalizados en el referido Plan Multisectorial, no atendidos inicialmente. CUARTA.- Distribución de kits de abrigo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 4.1 Establecer que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables entregue los kits de abrigo a su cargo, únicamente, al subprefecto distrital designado por la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. 4.2. Establecer que, en aquel distrito que no se cuente con subprefecto designado, la entrega de los kits de abrigo a la población se realiza por el subprefecto encargado por la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. 4.3. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en coordinación con el Ministerio del Interior establecen un Protocolo de Actuación Conjunta, que contenga el procedimiento y criterios para la determinación de los distritos inicialmente priorizados, internamiento, entrega, plazos y reasignación de saldos de kits de abrigo. QUINTA.- Publicación de criterios sectoriales de priorización Las entidades públicas intervinientes en la ejecución del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027” publican en sus respectivas sedes digitales los criterios de priorización utilizados para las intervenciones contenidas en dicho Plan. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud