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48 NORMAS LEGALES Domingo 19 de enero de 2025 El Peruano / Aprueban inclusión de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 040-2024-MTC/18 Lima, 27 de diciembre de 2024VISTO: El Memorando N° 0704-2023-MTC/04.02 de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el Memorando N° 0095-2023-MTC/23 de la O fi cina General de Tecnología de la Información, y, el Informe N° 1264-2024-MTC/18.01, de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; CONSIDERANDO: Que, el artículo 9-A de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, incorporado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1406, dispone la creación del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante el SCE, el cual es administrado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de uso obligatorio por todas las autoridades de transporte y tránsito terrestre de los tres niveles de gobierno para noti fi car a los administrados en los procedimientos administrativos vinculados al transporte y tránsito terrestre; Que, la Ley N° 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica, tiene por objeto regular la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo 004-2019-JUS, y de aquellos previstos en los textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA) de las diferentes entidades de la administración pública; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2020- MTC, se aprobó el Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, con la fi nalidad de contar con un mecanismo que permita la noti fi cación electrónica con fi able, íntegra y segura a los administrados en los procedimientos administrativos vinculados al transporte y tránsito terrestre, incluyendo los procedimientos administrativos sancionadores, a fi n de optimizar el uso de los recursos públicos, conforme a los principios de celeridad, e fi cacia, e fi ciencia y sostenibilidad ambiental; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del citado Reglamento, las disposiciones del mismo son de cumplimiento obligatorio para las siguientes autoridades administrativas: los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones competentes en materia de transporte y tránsito terrestre, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías - SUTRAN, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales y Distritales, así como para la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; Que, con Resolución Ministerial N° 1067-2020- MTC/01.02, se aprueba la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, en adelante la Directiva, la cual establece el procedimiento de a fi liación, acceso, uso y los plazos de implementación del SCE y/o servicios complementarios; así como, la administración y gestión de dicho sistema a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el subnumeral VII.2.2 de la Directiva, dispone que conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2020-MTC, para la implementación progresiva del SCE, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, mediante resoluciones directorales, declara la inclusión de las autoridades en materia de transporte y tránsito terrestre al SCE, en la medida que estas progresivamente se vayan incorporando al Sistema; asimismo, el numeral VII.2.3 de la Directiva, dispone que en dichas resoluciones directorales, se establece la fecha de inicio de operaciones del Sistema en cada autoridad, entre otras disposiciones que sean necesarias para la efectiva implementación del Sistema en cada autoridad que se incorpore al mismo; Que, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental mediante Memorandos N° 0301-2023-MTC/04.02 y N° 0704-2023-MTC/04.02, remite a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal la opinión favorable y viabilidad, con relación a la solicitud de inclusión de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU al SCE; asimismo, se cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Tecnología de la Información, recaída en el Memorando N° 0095-2023-MTC/23, al amparo de los Informes N° 0028-2023-MTC/23.01 y N° 0064-2023-MTC/23.02, respecto a la referida solicitud, de acuerdo con el subnumeral VII.2.1 de la Directiva; Que, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Ofi cio N° D-000120-2023-ATU/GG solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el acceso al uso del SCE; asimismo, por medio del O fi cio N° D001411-2024-ATU/ GG valida la propuesta de la resolución directoral que aprueba su solicitud de inclusión al SCE; Que, mediante Informe N° 1264-2024-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, se propone aprobar la Resolución Directoral que dispone la inclusión de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU al SCE, así como, las disposiciones correspondientes para la implementación del inicio de operaciones del SCE para dicha entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Inclusión de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre Apruébese la inclusión de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE), conforme a lo dispuesto en el literal e) del numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MTC; y en el numeral VII.2.1 de la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, aprobada por Resolución Ministerial N° 1067-2020-MTC/01.02. Artículo 2.- Aprobar el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, para la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU Apruébese el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, el cual comienza al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- A fi liación de los administrados que van a iniciar procedimientos administrativos y/o solicitar servicios prestados en exclusividad ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU Los administrados previamente a iniciar un procedimiento administrativo y/o solicitar servicios