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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2025 (19/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Domingo 19 de enero de 2025 El Peruano / viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP SMELHY SEBASTIAN RIVERA PRADO, identi fi cado con NSA Nº 97959 y DNI Nº 46863375, para participar en el “Intercambio de O fi ciales de Fuerzas Especiales”, a realizarse en el Grupo de Operaciones Especiales, Moreno, ubicado en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 15 de febrero de 2025 al 10 de febrero de 2026, así como autorizar su salida del país el 14 de febrero de 2025 y su retorno el 11 de febrero de 2026. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida y retorno): Lima - ciudad de Mendoza (República Argentina) - LimaClase económica: US$ 1,445.52 x 1 persona US$ 1,445.52 Gastos de traslado (ida y retorno): equipaje, bagaje e instalación US$ 4,926.36 x 1 x 1 persona US$ 4,926.36 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 4,926.36 / 28 x 14 días x 1 persona US$ 2,463.16US$ 4,926.36 x 10 meses x 1 persona US$ 49,263.60 Total a pagar: US$ 58,098.64 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Subalterno autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El O fi cial Subalterno designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2363308-1Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00051-2025-DE Lima, 17 de enero del 2025 VISTOS:El O fi cio Extra FAP N° 000041-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 00122-2025-MINDEF/ VPD del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; y, el Informe Legal N° 00083-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con O fi cio FAP N° 000092-2024-AGARG/FAP, el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Argentina concurrente en la República Oriental del Uruguay remite a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, la Carta s/n de fecha 4 de noviembre de 2024 mediante la cual la Dirección de Relaciones Internacionales de la Fuerza Aérea Argentina invita a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea del Perú a designar a un (01) O fi cial para que participe en el “Curso de Estandarización de Procedimientos para Aviadores de Caza”, a realizarse en la IV Brigada Aérea, El Plumerillo, ubicada en la ciudad de Mendoza, República Argentina, del 3 de febrero al 19 de diciembre de 2025; Que, a través del Informe Legal COAL N° 076-2024, el Asesor Jurídico del Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente FAP RODY LOECHLE RODRIGUEZ (titular) y del Teniente FAP GHINO GIAMPERRE CALLE SILUPU (suplente), para que participen en el “Curso de Estandarización de Procedimientos para Aviadores de Caza”, en el lugar y fechas programadas; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del O fi cial Subalterno que participará en el “Curso de Estandarización de Procedimientos para Aviadores de Caza”, por cuanto le permitirá intercambiar experiencias y conocimientos con la fi nalidad de perfeccionar las capacidades y desempeño operacional, incrementando el profesionalismo de las tripulaciones de la Institución Armada; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 007 DGVC- ME/SIAF-RP, suscrita por el Departamento de Viajes y Comisiones de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional de ida y retorno, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado de ida y retorno, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG; Que, a través de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000002, N° 0000000003, N° 0000000004 y N° 0000000009, emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestaria del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad del curso, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Extra FAP N° 000041-2025-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de