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32 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de enero de 2025 El Peruano / 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 3 570 000,00 (Tres Millones Quinientos Setenta Mil y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en su modalidad de aplicación: Adquisición de Vivienda Nueva, en el marco de la transferencia de recursos efectuada por el Ministerio de Energía y Minas, mediante la Resolución Ministerial N° 107-2019-MEM/DM, para la atención de treinta y cuatro (34) familias de la provincia y departamento de Pasco; Que, con fecha 9 de junio de 2021, se suscribe el Convenio N° 069-2021-VIVIENDA, “Convenio para la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación: Adquisición de Vivienda Nueva, para la atención de diecisiete (17) familias, de la provincia y departamento de Pasco”, cuyo objeto es establecer los mecanismos para culminar y/o agotar el desembolso y ejecución de recursos destinados al fi nanciamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, conforme a la transferencia de recursos autorizada mediante la Resolución Ministerial N° 257-2019-VIVIENDA, en el marco a su vez de la transferencia efectuada por el Ministerio de Energía y Minas, a favor del MVCS en virtud de la Resolución Ministerial N° 107-2019-MEM/DM, para la atención de diecisiete (17) familias restantes, de las treinta y cuatro (34), con el saldo no ejecutado hasta por el monto de S/ 1,787,017.00 (Un Millón Setecientos Ochenta y Siete Mil Diecisiete y 00/100 Soles); Que, a través de la Resolución Ministerial N° 476-2024-MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas modi fi ca el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 107-2019-MINEM/DM, que autoriza la transferencia fi nanciera por el monto S/ 3 570 000,00 (Tres Millones Quinientos Setenta Mil y 00/100 soles), a favor del MVCS, para ser destinados a la ejecución de las actividades de mitigación de los efectos negativos de la actividad minera, modi fi cando el número de familias bene fi ciarias que deben ser retiradas de la provincia de Pasco, identi fi cadas por el Ministerio de Salud, a treinta y tres (33) familias, quedando prohibido, bajo responsabilidad destinar dichos recursos a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 27 de diciembre de 2024, el Ministerio de Energía y Minas y el MVCS suscriben la Adenda N° 01 al Convenio N° 100-2019-VIVIENDA, mediante la cual, en el numeral 4.1 de la Cláusula Cuarta del citado Convenio, se modi fi ca el número de familias bene fi ciarias que deben ser retiradas de la provincia y departamento de Pasco, identi fi cadas por el Ministerio de Salud, a treinta y tres (33) familias; Que, con el Informe N° 010-2025-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU, el Informe N° 029-2025-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal N° 003-2025-DGPPVU/DEPPVU-CBFH-FC, la DGPPVU sustenta y propone modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 257-2019-VIVIENDA, a efectos que exista coherencia respecto al número de familias bene fi ciadas con la transferencia fi nanciera realizada por el Ministerio de Energía y Minas al MVCS, en concordancia con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 107-2019-MEM/DM, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 476-2024-MINEM/DM; Que, por el Informe N° 0056-2025-VIVIENDA/SG- OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la aprobación de la propuesta señalada en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH) y modi fi catorias; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modi fi catoria; el Reglamento del Bono Familiar Habitacional aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2007-VIVIENDA y modi fi catoria;SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 257-2019-VIVIENDA Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 257-2019-VIVIENDA, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 3 570 000,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en su modalidad de aplicación: Adquisición en Vivienda Nueva, en el marco de la transferencia de recursos efectuada por el Ministerio de Energía y Minas (MEM), mediante la Resolución Ministerial N° 107-2019-MEM/DM, para la atención de treinta y tres (33) familias de la provincia y departamento de Pasco”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2363843-1 Designan Coordinador Técnico de la Coordinación Técnica del Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR) RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2025/ VIVIENDA/VMCS/PNSR Lima, 21 de enero de 2025.VISTOS:El Memorándum Nº 080-2025/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº 045-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UA de la Unidad de Administración, el Informe Nº 043-2025-VIVIENDA/VMCS-PNSR-UA-SU-RH de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, y el Informe Legal Nº 017-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL de la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA se creó el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, orientado a posibilitar el acceso de la población del ámbito rural, al agua y saneamiento de calidad y sostenibles; estableciéndose que, para efectos de su gestión administrativa y presupuestal, se constituye como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con fecha 30 de noviembre de 2017, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Ministerial Nº 458-2017-VIVIENDA, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del PNSR, previendo el cargo estructural de Coordinador Técnico de la Coordinación Técnica, como de con fi anza; Que, el per fi l profesional para ocupar el cargo estructural de Coordinador Técnico de la Coordinación Técnica se encuentra regulado en el Manual de Clasi fi cación de Cargos aprobado con Resolución Directoral Nº 174-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR; Que, habiéndose propuesto a la señora SANDRA HORTENCIA VICUÑA VALLE, para que ocupe el cargo