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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2025 (22/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de enero de 2025 El Peruano / PROVIAS DESCENTRALIZADO, aprobado, reordenado y actualizado con la Resolución Ministerial Nº 289-2019-MTC/01.02, la Resolución Directoral Nº 319-2020-MTC/21, la Resolución Directoral Nº 475-2022-MTC/21, la Resolución Directoral Nº 404-2023-MTC/21, y última actualización realizada mediante la Resolución Directoral Nº 277-2024-MTC/21; el puesto de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica está clasi fi cado como cargo de confi anza; Que, de acuerdo al Informe Nº 08-2025-MTC/21. ORH de fecha 13 de enero de 2025, la O fi cina de Recursos Humanos, para el inicio de vinculación del cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, recomienda dar por concluida la designación del abogado JULIO CESAR SANTISTEBAN CUETO como Asesor de la Dirección Ejecutiva efectuada con la Resolución Directoral Nº 112-2024-MTC/21 del 3 de junio de 2024; y designar a dicho profesional en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica. Asimismo, a través del Informe Nº 002-2025-MTC/21.ORH-HJMA precisa que el abogado JULIO CESAR SANTISTEBAN CUETO cumple con el per fi l requerido en la Ley Nº 31419, “Ley que establece las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción” y su reglamento, así como lo establecido en el Manual del Clasi fi cador de Cargos de la entidad; Con el visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, cada una en el ámbito de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 31419, el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Resolución Ministerial Nº 086-2018-MTC/01.02, la Resolución Directoral Nº 426-2022-MTC/21, la Resolución Ministerial Nº 289-2019-MTC/01.02, Resolución Directoral Nº 319-2020-MTC/21, así como la Resolución Ministerial Nº 483-2021-MTC/01, la Resolución Directoral Nº 00475-2022-MTC/21 y última actualización realizada mediante Resolución Directoral Nº 404-2023-MTC/21; y, en uso de la atribución conferida por el artículo 7 y el literal l) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 897-2021-MTC/01.02; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del abogado JULIO CESAR SANTISTEBAN CUETO, en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, dándosele las gracias por los servicios prestados, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- DESIGNAR, al abogado JULIO CESAR SANTISTEBAN CUETO, en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, cargo considerado de con fi anza, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Recursos Humanos noti fi que la presente Resolución al abogado JULIO CESAR SANTISTEBAN CUETO, así como a los Órganos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO y a la O fi cina de Control Institucional, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR EFRAIN CHAVEZ FIGUEROA Director EjecutivoPROVIAS DESCENTRALIZADO 2363952-1Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en diversas localidades y bandas de los departamentos de Junín, La Libertad, Huánuco, Piura, Moquegua y Lima, serán otorgadas a solicitud de parte RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0104-2025-MTC/28 Lima, 13 de enero de 2025VISTO, el Informe N° 0036-2025-MTC/28.01 del 08 de enero de 2025, de la Dirección de Servicios de Radiodifusión; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 16 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión (en adelante Ley), y al artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC (en adelante el Reglamento), las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público, siendo este último obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad, es menor al número de solicitudes presentadas; Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento establece que “En caso se declare desierto el concurso público derivado de la aplicación del primer párrafo del artículo 41, en una banda y localidad, al no haberse asignado ninguna de las frecuencias objeto de la convocatoria para dicha banda y localidad, estas se pueden asignar mediante solicitud de parte. Para ello, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, en un plazo máximo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de los resultados del concurso público en el diario o fi cial El Peruano, expide una resolución señalando que las frecuencias disponibles en la referida banda y localidad se asignan a solicitud de parte, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano”; Que, el numeral 46.3 del artículo 46 del Reglamento dispone que “De haberse adjudicado al menos una frecuencia a través de concurso público, en una banda y localidad, las demás frecuencias se asignan mediante la misma modalidad”; Que, las Resoluciones Directorales N°s. 2917-2021- MTC/28, 0868-2021-MTC/28, 1583-2016-MTC/28, 2687-2022-MTC/28, 1953-2016-MTC/28, 2189-2005-MTC/17, en observancia del artículo 41 del Reglamento, establecieron que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), en las localidades de Carhuacallanga-Chacapampa-Chicche-Chongos Alto-Colca-Huasicancha del departamento Junín, Calamarca-Huaso del departamento La Libertad, Monzón del departamento Huánuco, Lobitos del departamento Piura; así como, en Onda Media (OM), en las localidades de Moquegua del departamento Moquegua y Huaral del departamento Lima, serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Resolución Directoral N° 1101- 2024-MTC/28 del 9 de abril de 2024, se aprobaron las Bases del Concurso Público N° 01-2024-MTC/28 para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial, educativa y comunitaria en las bandas de Frecuencia Modulada (FM) y de Onda Media (OM), en diversas localidades a nivel nacional, entre las cuales se encuentran las localidades de Carhuacallanga-Chacapampa-Chicche-Chongos Alto- Colca-Huasicancha del departamento Junín, Calamarca- Huaso del departamento La Libertad, Monzón del departamento Huánuco, Lobitos del departamento Piura, para el servicio de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM); y, las localidades de Moquegua del departamento Moquegua y Huaral del departamento Lima, para el servicio de radiodifusión Onda Media (OM); Que, con el documento denominado “Relación de adjudicatarios de la Buena Pro Concurso Público Nº 01-