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58 NORMAS LEGALES Jueves 23 de enero de 2025 El Peruano / el proyecto de Protocolo “Implementación del Modelo de Oralidad Civil en las Cortes Superiores de Justicia”, propuesto por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, ha sido formulado dentro del marco normativo vigente sobre la materia y conforme a la Directiva N.º 004-2023-CE-PJ. Sexto. Que, la Gerencia General del Poder Judicial eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto normativo para su evaluación y aprobación, el mismo que cuenta con los vistos de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Modernización; y la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Gerencia General del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 028-2025 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 8 de enero de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Protocolo “Implementación del Modelo de Oralidad Civil en las Cortes Superiores de Justicia” – Versión 001. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N.º 452-2021-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2021, por la que se aprobó la actualización de la Matriz de Control de Componentes Mínimos, para la Implementación de la Oralidad Civil, aprobada anteriormente por Resolución Administrativa N.º 351-2019-CE-PJ; y, demás normas que pudieran contravenir sus disposiciones. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET OFELIA LOURDES TELLO GILARDI Presidenta 1 De fecha 4 de setiembre de 2019 2 De fecha 24 de noviembre de 2023 2364500-1 Crean unidades orgánicas de apoyo dependientes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000015-2025-CE-PJ Lima, 22 de enero del 2025 VISTO: El O fi cio N.º 001582-2024-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N.º 000341-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”; y dispuso su vigencia a partir del 1 de diciembre de 2023. Segundo. Que, asimismo, por Resolución Administrativa N.º 000006-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, Anexo 01; y los Anexos 02, 03, 04, 05 y 06, aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.º 000341-2023-CE-PJ, a partir del 1 de abril de 2024. Tercero. Que, a través de la Resolución Administrativa N.º 000094-2024-CE-PJ, modi fi cada por Resolución Administrativa N.º 000124-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por mayoría, dispuso suspender la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, Anexo 01; y los Anexos 02, 03, 04, 05 y 06, aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.º 000341-2023-CE-PJ; desaprobar las propuestas de actualización presentadas por la Gerencia General del Poder Judicial; y que dicha dependencia proponga la creación de la Unidad de Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia Itinerante, la Unidad de Justicia de Género del Poder Judicial, la Unidad de Celeridad y Mejora del Despacho Judicial; y rati fi car como órgano de línea a la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. Cuarto. Que, de otro lado, mediante Resolución Administrativa N.º 000302-2024-CE-PJ, se aprobó la implementación por tramos del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial” aprobado por Resolución Administrativa N.º 000341-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de acuerdo al anexo adjunto a la referida resolución, que entró en vigencia a partir del 1 de octubre de 2024. Asimismo, por Resolución Administrativa N.º 000420-2024-CE-PJ, se dispuso la implementación de los artículos 40 y 41 del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial” aprobado por Resolución Administrativa N.º 000341-2023-CE-PJ, que crea la Unidad de Integridad y determina sus funciones. Quinto. Que, la Gerencia General del Poder Judicial, mediante O fi cio N.º 001582-2024-GG-PJ, ha presentado a este Órgano de Gobierno la propuesta actualizada para la creación de la Unidad de Justicia de Género y la Unidad de Acceso a la Justicia para Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia Itinerante. Dicha propuesta se fundamenta en el Informe N.º 000227-2024-SM-GMPP- GG-PJ de la Subgerencia de Modernización y se adecúa con los Lineamientos de Organización del Estado y las orientaciones establecidas en los Lineamientos N.º 02-2020-SGP. Asimismo, la Gerencia General informó que, al no haberse recibido observaciones respecto de la reclasi fi cación de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena y la creación de la Unidad de Celeridad y Mejora del Despacho Judicial, dichas propuestas se mantienen. Sexto. Que, la creación de la Unidad de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia Itinerante, la Unidad de Justicia de Género del Poder Judicial y la Unidad de Celeridad y Mejora del Despacho Judicial, responde a la necesidad de fortalecer el cumplimiento de los principios de e fi ciencia, accesibilidad y equidad en la administración de justicia. Estas nuevas unidades permitirán implementar políticas especí fi cas dirigidas a garantizar una atención oportuna y diferenciada a grupos en situación de vulnerabilidad, promover la igualdad de género y mejorar los procesos internos del Poder Judicial, para una mayor celeridad en la resolución de casos. Sétimo. Que, en ese sentido, corresponde disponer la creación de las mencionadas unidades orgánicas, que estarán adscritas como órganos de apoyo al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y establecer que la Gerencia General del Poder Judicial, en coordinación con las comisiones correspondientes y los consejeros asignados, elabore las propuestas especí fi cas que defi nan la estructura y funciones de estas unidades, para