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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2025 (31/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Viernes 31 de enero de 2025 El Peruano / Que, por lo expuesto, resulta necesario designar al Representante Titular y Representante Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores en la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador; y, De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021- RE, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto Orozco Zapata, Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, como Representante Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores en la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador. Artículo 2.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Julio Armando Reinoso Calderón, Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, como Representante Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores en la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2366372-1 Designan Representantes titular y alterno en la Secretaría Técnica Binacional de la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográficas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0053-2025-RE Lima, 28 de enero de 2025 VISTOS:El Memorándum N° DSL011332024 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 3 de diciembre de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 5130 del Despacho Viceministerial, de 5 de diciembre de 2024; y, el Memorándum N° OAP000742025 de la O fi cina de Administración de Personal, de 8 de enero de 2025; CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo que establece la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador” fue suscrito en la ciudad de Trujillo, República del Perú, el 20 de octubre de 2017; Que, la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador (Comisión Binacional GIRH Perú-Ecuador) representa un paso fundamental en la gestión de las cuencas transfronterizas bajo una visión ecosistémica y de desarrollo sostenible; Que, de acuerdo con el numeral 5 del artículo 1 del Acuerdo, la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH) es un proceso que promueve el manejo y desarrollo coordinado del agua y los recursos naturales vinculados a esta, con el fi n de maximizar el bienestar social y económico resultante de manera equitativa sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas vitales; Que, el “Reglamento de la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador” fue suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 25 de octubre de 2023, rati fi cado por Decreto Supremo N° 056-2024-RE de 20 de noviembre de 2024, y cuya entrada en vigor fue el 25 de noviembre de 2024; Que, conforme al artículo 6 del Acuerdo y al artículo 4 del Reglamento, la Comisión Binacional GIRH Perú- Ecuador estará conformada por la Comisión, la Secretaría Técnica Binacional y los Comités GIRH por Cuencas; Que, en observancia del artículo 5 del Reglamento, la Comisión es dirigida por la Presidencia Pro Tempore, conforme a lo señalado en el artículo 9 del Acuerdo, y será alternada entre las Partes cada dos (2) años; Que, el “Acta de Transferencia de la Presidencia Pro Tempore por parte de la República del Ecuador a la República del Perú”, emanó de la II Reunión de la Comisión Binacional GIRH Perú-Ecuador, llevada a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, el 04 de junio de 2024; Que, la Presidencia Pro Tempore será asumida por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), la cual ejercerá el cargo mediante la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos (DPDRH); Que, en concordancia con el artículo 6 del Reglamento, la Secretaría Técnica Binacional estará compuesta por un representante titular y uno alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la designación por parte de esta Cancillería de los representantes titular y alterno para la Secretaría Técnica Binacional de la Comisión constituye un hito importante en su institucionalización; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0120- 2022-RE, de 23 de febrero de 2022, se designó al entonces Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Ríos Segura, como Subdirector de Aguas Internacionales Transfronterizas, de la Dirección de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a partir del 1 de marzo de 2022; Que, de acuerdo con el Informe Nº 0086-2024-ANA- DPDRH/HMQG, de 21 de agosto de 2024, la ANA, a través de la DPDRH, ejercerá la representación de la Secretaría Técnica Binacional, que está integrada por funcionarios provenientes de la autoridad del agua, la Cancillería y del sector ambiente de ambos países; Que, por lo expuesto, resulta adecuado designar al Representante Titular y Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores en la Secretaría Técnica Binacional de la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador; y, De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación