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47 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / e información en materia de conectividad, energía, comunidades nativas, estadísticas, entre otros necesarios para la realización de estudios de diagnóstico o documentos equivalentes, así como para la elaboración de fi chas técnicas y/o estudios de preinversión. c) Suscribir y remitir o fi cios al Ministerio de Economía y Finanzas en los que se solicita la corrección del nombre de los proyectos de inversión declarados viables, debido a que el aplicativo del Banco de Inversiones no registra el nombre adecuadamente por la cantidad de centros poblados que forman parte de los referidos proyectos Artículo 4.- Delegación de facultades al/a la Director/a de la Dirección de Ingeniería y Operaciones Delegar en el/la Director/a de la Dirección de Ingeniería y Operaciones las siguientes facultades: a) Suscribir y remitir comunicaciones referidas a la ejecución contractual (evaluación técnica y contractual) de los proyectos de inversión en el marco de los proyectos regionales, lo que incluye aquellas comunicaciones cuyo contenido corresponda a ampliaciones de plazo, imposición de penalidades u otras que modi fi quen los alcances de los contratos. b) Suscribir y remitir comunicaciones referidas a la ejecución contractual (evaluación técnica y contractual) de las intervenciones Centros de Acceso Digital (CAD), proyectos Espacios Públicos Digitales (EPAD), lo que incluye aquellas comunicaciones cuyo contenido corresponda a ampliaciones de plazo, imposición de penalidades u otras que modi fi quen los alcances de los contratos, según corresponda. c) Suscribir y remitir comunicaciones referidas a la ejecución contractual (evaluación técnica y contractual) en el marco de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (RDNFO), a excepción de las comunicaciones que corresponden a la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales, como parte de las facultades delegadas a la citada dirección. d) Suscribir y remitir comunicaciones referidas a la ejecución de los contratos de prestación de servicio portador, facilidades complementarias y los contratos con proveedores y el Proyecto 911. e) Suscribir las Actas de Entrega de los Centros de Acceso Digital (CAD) en el marco de los convenios marcos de cooperación institucional suscritos por el PRONATEL con las municipalidades bene fi ciarias f) Suscribir los contratos de prestación de servicio portador de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (RDNFO), ofertas comerciales, actas de entrega de servicio al usuario, así como suscribir toda la documentación que permita su ejecución respecto a la prestación el servicio portador de la RDNFO. g) Suscribir las ofertas básicas de acceso para la prestación de facilidades complementarias al servicio portador provisto, formatos de orden de servicio, formatos de oferta comercial, formatos de actas de entrega de servicios al usuario, así como suscribir toda la documentación que permita su ejecución respecto a la prestación de facilidades complementarias al servicio portador provisto a través de la RDNFO. Artículo 5.- Delegación de facultades al/a la Director/a de la Dirección de Supervisión de Proyectos Delegar en el/la Director/a de la Dirección de Supervisión de Proyectos las siguientes facultades: a) Suscribir y remitir comunicaciones a los contratados para coordinar y supervisar los proyectos durante el periodo de inversión, así como requerir información técnica relacionada con el desarrollo de los mismos. b) Suscribir y remitir comunicaciones a las entidades públicas para gestionar y garantizar las facilidades necesarias que permitan el acceso a las instituciones abonadas obligatorias, asegurando la ejecución adecuada de las supervisiones de los proyectos de inversión. c) Suscribir y remitir comunicaciones a los gobiernos regionales y municipales para coordinar la realización de mesas técnicas de trabajo y/o visitas de campo, con el objetivo de evaluar avances, identi fi car di fi cultades y ejecutar otras acciones relacionadas con las supervisiones de los proyectos de inversión en sus respectivas jurisdicciones. Artículo 6.- Delegación de facultades al/a la Director/a de la Director/a de la Dirección de Fiscalización y Sanción Delegar en el/la Director/a de la Dirección de Fiscalización y Sanción las siguientes facultades: a) Suscribir y remitir o fi cios para la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, atendiendo requerimientos de información relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias relacionadas al Aporte al FITEL y/o trasladando información remitida por el OSIPTEL. b) Suscribir y remitir o fi cios para otras dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicitando información relevante para el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Fiscalización y Sanción del PRONATEL. c) Suscribir y remitir o fi cios dirigidos a otras entidades del Estado solicitando información relevante para el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Fiscalización y Sanción del PRONATEL. d) Suscribir y remitir o fi cios atendiendo proveídos del Tribunal Fiscal. e) Suscribir y remitir o fi cios dirigidos al OSIPTEL, requiriendo información relativa al cumplimiento de obligaciones tributarias del aporte al FITEL. f) Suscribir y remitir o fi cios disponiendo la elevación al Tribunal Fiscal de recursos de apelación presentados por los contribuyentes del aporte al FITEL contra Resoluciones Directorales. Artículo 7.- Delegación de facultades al/a la Director/a de la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales Delegar en el/la Director/a de la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales las siguientes facultades: a) Suscribir y remitir, en el ámbito de sus funciones, ofi cios y comunicaciones que se requieran en el marco de los contratos de fi nanciamiento de los Proyectos Regionales a cargo de PRONATEL. b) Suscribir los formularios registrales regulados en el proceso de adquisición del Decreto Legislativo N° 1192, sus modi fi catorias y/o normas que lo reemplace. c) Suscribir las actas que acrediten la desocupación y entrega del bien inmueble afectado en el marco del Decreto Legislativo N° 1192, sus modi fi catorias y/o norma que lo reemplace. d) Suscribir las actas de transferencia de los predios en aplicación del Decreto de Urgencia N° 041-2019. e) Suscribir las declaraciones juradas en el marco del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante el Decreto Supremo N°008-2021-VIVIENDA y/o norma que lo reemplace f) Elaborar, aprobar y suscribir los documentos necesarios para garantizar la disponibilidad física de los predios y/o terrenos necesarios para la ejecución de Proyectos de Redes e Infraestructura de Telecomunicaciones, como parte de las acciones a la adquisición y/o saneamiento de los predios o de otro derecho. g) Elaborar y/o suscribir los actos e informes que sirven de sustento para la aprobación y el pago del reconocimiento de mejoras y/o gastos de traslados vinculados a los proyectos de redes e infraestructura de telecomunicaciones h) Suscribir los contratos necesarios para el pago del reconocimiento de mejoras y/o gastos de traslados vinculados a los proyectos de redes e infraestructura de telecomunicaciones i) Elaborar y/o suscribir los actos e informes que sirven de sustento para la aprobación y/o pago de la constitución de servidumbre vinculados a los proyectos de redes e infraestructura de telecomunicaciones, en el marco de la normatividad vigente.