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33 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / los ámbitos público o privado, quienes podrán consultar, a través de las diferentes aplicaciones (servicios web, visor de mapas, portal de metadatos, enlaces de descarga, aplicaciones SIG de escritorios-web) los recursos disponibles, según sus necesidades y requerimientos; Que, asimismo, la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social sustenta y propone la creación del Geoportal de la IDE-MIDIS, herramienta desarrollada como parte de la implementación de la infraestructura de datos espaciales, a través del cual se podrá acceder a las aplicaciones y servicios de información geoespacial; Que, por su parte, mediante Memorando N° D002086- 2024-MIDIS-OGTI la O fi cina General de Tecnologías de la Información emite opinión favorable respecto a la creación e implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales del MIDIS así como de la creación del Geoportal de la IDE-MIDIS; Que, en el marco de la normativa reseñada, atendiendo a lo sustentado y propuesto por la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, y a lo opinado por la O fi cina General de Tecnologías de la Información, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, conforme a los documentos de vistos, resulta pertinente la emisión del acto resolutivo que apruebe la creación e implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como la creación de su Geoportal, lo cual se encuentra alineado con la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, en cumplimiento de la Ley de Gobierno Digital y su Reglamento; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 133-2013-PCM, el cual establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública; el Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 029-2021-PCM; el Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, que aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, y, la Resolución Ministerial N° 143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales 1.1 Crear la Infraestructura de Datos Espaciales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en adelante IDE-MIDIS, como el conjunto articulado de lineamientos, normas, procedimientos, estándares, datos, recursos humanos y tecnologías que permiten el acceso y el uso de la información geográ fi ca del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como de los registros administrativos y estadísticos asociados, con el propósito de favorecer la toma de decisiones y la gestión territorial de programas, servicios e intervenciones en materia de desarrollo e inclusión social, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. 1.2 La IDE-MIDIS incorpora todos los datos geográ fi cos, metadatos, y servicios web de información geográ fi ca producida por las unidades de organización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales. Artículo 2.- De la implementación de la IDE-MIDIS2.1 El proceso de implementación de la IDE-MIDIS es conducido por la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, para lo cual coordina las acciones que correspondan con las unidades de organización y los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social que producen información geográ fi ca de las intervenciones bajo su responsabilidad, con el soporte y asistencia técnica de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, de acuerdo a sus funciones, y bajo los lineamientos de tecnologías de la información que sean aplicables. 2.2 La IDE-MIDIS se implementa a partir de la integración de los diferentes sistemas de información geográ fi ca administrados por el sector, siguiendo una arquitectura orientada a servicios, que permitan el acceso a su información, cumpliendo los lineamientos que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social apruebe, así como los estándares y procedimientos de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú (IDEP) establecidos en el Decreto Supremo N° 069-2011-PCM, que crea el Portal de Datos Espaciales del Perú (GEOIDEP), el Decreto Supremo N° 133-2013-PCM, que establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública, y la Resolución Ministerial N° 241-2014-PCM, que aprueba la Directiva sobre estándares de servicios web de información georreferenciada para el intercambio de datos entre entidades de la Administración Pública o las normas que las sustituyan. 2.3 Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como sus unidades de organización que, por sus funciones, producen información geográ fi ca, deben implementar servicios de acceso a los datos geográ fi cos y sus registros administrativos y estadísticos asociados, siguiendo los estándares de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú (IDEP). Artículo 3.- Del Geoportal de la IDE-MIDIS Crear el Geoportal de la IDE-MIDIS como una plataforma de acceso uni fi cado y o fi cial a toda la información geográ fi ca que produce el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como las unidades de organización que producen información georreferenciada, permiten mediante la interconexión de sus sistemas de información, la recolección de metadatos, datos y otros registros con el fi n de ofrecer información oportuna y actualizada, según los lineamientos o directivas especí fi cas que apruebe el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional asignado al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), así como de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Elaboración de normas complementarias La Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social formula y propone la normativa complementaria que resulte necesaria para la implementación de las disposiciones establecidas en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2367553-1