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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (01/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / (CCCSE) y por Capacidad de Generación Eléctrica, aplicables para el trimestre comprendido del 04 de febrero 2025 al 30 de abril de 2025. Cuadro N° 1 Cargo Unitario Factor “p” Cargo Unitario por Compensación por Seguridad de SuministroRF: Reserva FríaRF Planta Talara 1,0031 RF Planta Ilo 1,0929 RF Planta Eten 1,0925 RF Planta Puerto Maldonado 1,0963 RF Planta Pucallpa 1,0983 Cargo por Prima RERC.T. Cogeneración Paramonga2,7308 C.H. Santa Cruz II 1,3191 C.H. Santa Cruz I 1,3659 C.H. Poechos 2 0,0000 C.H. Roncador 1,6333 C.H. La Joya 0,8000 C.H. Carhuaquero IV 1,6395 C.H. Caña Brava 0,9322 C.T. Huaycoloro 0,7714 C.H. Huasahuasi I 1,7439 C.H. Huasahuasi II 1,5909 C.H. Nuevo Imperial 1,9412 C.S. Repartición Solar 20T 1,1337 C.S. Majes Solar 20T 1,1306 C.S. Tacna Solar 20T 1,1262 C.S. Panamericana Solar 20T 1,1271 C.H. Yanapampa 1,7500 C.H. Las Pizarras 0,0000 C.E. Marcona 1,3284 C.E. Talara 2,0825 C.E. Cupisnique 1,8169 C.H. Runatullo III 0,8404 C.H. Runatullo II 1,4101 C.S. Moquegua FV 1,1644 C.H. Canchayllo 0,0000 C.T. La Gringa 1,8947 C.E. Tres Hermanas 1,6601 C.H. Chancay 1,8947 C.H. Rucuy 0,0000 C.H. Potrero 0,0000 C.H. Yarucaya 1,8017 C.S. Rubí 0,0000 C.H. Renovandes H1 2,4225 C.S. Intipampa 0,0000 C.E. Wayra I 0,0000 C.B. Huaycoloro II 0,0000 C.H. Angel I 3,5385 C.H. Angel II 2,1034 C.H. Angel III 2,1295 C.H. Her 0,0000 C.H. Carhuac 3,6087 C.H. El Carmen 1,5294 C.H. 8 de Agosto 2,6018 C.H. Manta 0,0000 C.T. Callao 1,2857 Cargo Unitario por FISE 1,2150 Cargo Unitario por CCCSE (1)1,5085 Cargo Unitario por Capacidad de Generación EléctricaC.T. Puerto Bravo 1,0662 C.T. NEPI 0,8354 (1) Lo recaudado por la aplicación del Cargo Unitario por CCCSE debe ser asignado a: Electro Oriente S.A. -SE Yurimaguas- (0,5%) e Hidrandina S.A. -SE Chao y otros- (99,5%).Artículo 2.- Aprobar el factor de actualización “FA” consignado en el Cuadro N° 2 para determinar el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión asignado al Área de Demanda 15, aprobado mediante Resolución N° 063-2024-OS/CD, aplicable para el trimestre comprendido del 04 de enero de 2025 al 30 de abril de 2025. Cuadro N° 2 Cargo UnitarioFactor FA Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP 1,3623 Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal: https://www.gob.pe/osinergmin, y consignarla, junto con los Informes N° 034-2025-GRT, N° 035-2025-GRT, N° 036-2025-GRT, N° 037-2025-GRT y N° 584-2024-GRT, en la web: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ Resoluciones-GRT-2025.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2367477-1 Resolución de Consejo Directivo que aprueba la Actualización de la Base de Datos de Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión, con costos del año 2024 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 012-2025-OS/CD Lima, 31 de enero de 2025 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el numeral IV del literal b) del artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la valorización de la inversión de las instalaciones de los Sistemas Complementarios de Transmisión (“SCT”) del Plan de Inversiones en Transmisión y de las instalaciones comprendidas en un Contrato de Concesión de SCT es efectuada sobre la base de costos estándares de mercado; Que, para el propósito mencionado, en el numeral V del literal b) del citado artículo 139, se dispone que Osinergmin establece, mantiene actualizada y disponible, para todos los interesados, la Base de Datos; Que, como consecuencia de la necesidad identi fi cada en los procesos de actualización de costos de la Base de Datos de Módulos Estándares de Transmisión se hizo necesario optimizar el mecanismo de remisión de información, y de esta manera, mediante Resolución N° 171-2014-OS/CD, se aprobó la Norma “Procedimiento para la Actualización de la Base de Datos de Módulos Estándares de Transmisión”; Que, en la referida norma se establece que la actualización de los costos de la Base de Datos se aprueba anualmente por el Consejo Directivo de Osinergmin, en el mes de enero de cada año, sobre la base de información correspondiente al año anterior remitida por los Titulares de Transmisión; Que, mediante Resolución N° 080-2022-OS/CD y modi fi catorias, se aprobó la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión, vigente; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y en la Norma “Procedimiento para la Actualización de la Base de Datos de Módulos Estándares de Transmisión”,