TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / de Apertura (PIA), mediante la suscripción del Anexo N° 04 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01; Que, a su vez, el numeral 27.3 del Artículo 27 de la citada Directiva establece que las modi fi caciones al CMN son presentadas al Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público (CAP) quien gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, realizándose esta aprobación el último día hábil de la semana; asimismo, el numeral 27.4 del mencionado artículo señala que en caso la modi fi cación requiera ser aprobada en un plazo distinto al indicado previamente, el Área usuaria sustenta ello ante el Área involucrada en la gestión de la CAP, quien gestiona su aprobación, como máximo al día siguiente hábil de su presentación, ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 089-2023-MTC/24, modi fi cada con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 233-2023-MTC/24 y N° 137-2024-MTC/24, el Director Ejecutivo del PRONATEL delega diversas facultades en los/las Directores/as de las unidades de organización del PRONATEL, las mismas que tenían vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, en atención a las normas citadas en los considerandos precedentes y atendiendo la estructura funcional del Programa Nacional de Telecomunicaciones y con el propósito de desconcentrar las facultades así como optimizar la gestión administrativa de la Entidad, resulta conveniente delegar determinadas facultades asignadas al titular de la Entidad; Que, el numeral 1 del Artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, precisa que la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo, que el mismo tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Con el visado del Director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, del Director de la O fi cina de Administración, del Director de la Dirección de Estudios, del Director de la Dirección de Ingeniería y Operaciones, del Director de la Dirección de Supervisión de Proyectos, de la Directora de la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales, de la Directora de la Dirección de Fiscalización y Sanción, y de la Directora de la O fi cina de Asesoría Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03 que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones -PRONATEL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultades al/a la Director/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto Delegar en el/la Director/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto las siguientes facultades: 1.1 En materia de Presupuesto:a) Suscribir y remitir la documentación necesaria a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionada a la Programación Multianual de Presupuesto y formulación presupuestal respecto a los ingresos y gastos presupuestales del PRONATEL. b) Suscribir y remitir la documentación necesaria a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente a la actualización de la programación presupuestal mensual de gastos y/o saldos/dé fi cits proyectados del PRONATEL.c) Suscribir y remitir la documentación necesaria a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente a la gestión de modi fi cación entre proyectos en el marco de la Ley de Presupuesto del Sector Público vigente. d) Suscribir y remitir la documentación necesaria a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionada a la Cartera del Programa Multianual de Inversiones. e) Suscribir y/o remitir la documentación y comunicaciones necesarias a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente a los reportes mensuales de ingresos, gastos y modi fi caciones presupuestales; así como, a la fi cha de las previsiones presupuestales en lo correspondiente al PRONATEL. f) Suscribir y/o remitir la documentación necesaria a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente al estado situacional de Operaciones de Endeudamiento externo del PRONATEL. 1.2 En materia de atención de requerimientos y remisión de información de carácter informativo: a) Suscribir documentación y/o remitir información de carácter informativo, requerida por los órganos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionada con los proyectos, intervenciones y/o actividades a cargo del PRONATEL, producida por las unidades funcionales de línea competentes. b) Suscribir documentación en respuesta a los requerimientos de información de carácter informativo por parte de los gobiernos regionales, gobiernos locales y ciudadanos, vinculados con los proyectos, intervenciones y/o actividades a cargo del PRONATEL; así como, para reencauzar los pedidos de información a los órganos competentes del Sector Comunicaciones, según lo establecido en el Artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Artículo 2.- Delegación de facultades al/a la Director/a de la O fi cina de Administración Delegar en el/la Director/a de la O fi cina de Administración las siguientes facultades: 2.1. En materia de contrataciones del Estado: a) Aprobar y modi fi car el Plan Anual de Contrataciones del PRONATEL, así como evaluar y supervisar su ejecución. b) Autorizar los procesos de estandarización para la contratación de bienes y servicios. c) Autorizar la contratación de bienes y servicios utilizando los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, así como la aprobación del expediente de contratación. d) Aprobar y modi fi car los expedientes de contratación de todo tipo de procedimiento de selección, para la contratación de bienes, servicios, consultorías y obras; incluyendo los derivados del Decreto Legislativo Nº 1509, Decreto Legislativo que autoriza la contratación de la prestación de los servicios en las redes de infraestructura de telecomunicaciones. e) Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección para la contratación de ejecución de obras o consultoría de obras. f) Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del Artículo 27 Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. g) Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los Comités de Selección. h) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, que tendrán a cargo los procedimientos de selección; así como autorizar la modi fi cación de la conformación del comité de selección. i) Aprobar las bases de los procedimientos de selección y otros documentos señalados en el Reglamento de la Ley