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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (15/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2025 El Peruano / Que, a través del Anexo A de la Resolución Procesal N° 10, el Tribunal de Arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) para el arbitraje internacional iniciado por la empresa Telefónica S.A. contra la República del Perú - Caso CIADI Nº ARB/21/10, al amparo del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones entre la República del Perú y el Reino de España; determinó que la audiencia se llevará a cabo de manera presencial en la sede del CIADI, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 19 al 26 de febrero de 2025; Que, asimismo, mediante documento de fecha 30 de enero de 2025, el Estudio de Abogados Foley Hoag LLP (“Estudio Foley Hoag”) solicitó la presencia del señor Jhans Armando Panihuara Aragón, Abogado de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión en la Audiencia así como en las reuniones preparatorias que tendrán lugar presencialmente en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, entre el 19 y 26 de febrero de 2025; Que, resulta importante la participación del señor Jhans Armando Panihuara Aragón, Abogado de la Secretaría Técnica de la referida Comisión Especial en la Audiencia así como en las reuniones preparatorias, lo que permitirá al Estado peruano hacer seguimiento directo de la estrategia de defensa presentada ante la Corte de Apelaciones y demostrar a la Corte la debida importancia que otorga el Perú a los compromisos internacionales asumidos en virtud de sus Acuerdos Internacionales de Inversión; Que, la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas es la encargada de ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Especial creada en marco del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; así también se establece que la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 002-2024-EF/43.06, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 131-2024-EF/43; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Jhans Armando Panihuara Aragón, abogado de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y Consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 18 al 28 de febrero de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 1 563,19 Viáticos (8 + 1) : US $ 3 960,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2371769-1 Resolución Directoral que aprueba la Relación de intervenciones seleccionadas para el proceso de Seguimiento Priorizado 2025 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0005-2025-EF/50.01 Lima, 14 de febrero de 2025CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Directiva Nº 0003-2022- EF/50.01 “Directiva de Seguimiento en el marco de la Fase de Evaluación Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0011-2022-EF/50.01, establece que el Seguimiento Priorizado es el proceso fl exible y adaptable mediante el cual la Dirección General de Presupuesto Público plani fi ca y ejecuta acciones para la generación periódica de información relevante sobre un grupo de intervenciones priorizadas, para la toma de decisiones en el corto plazo; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de la Directiva Nº 0003-2022-EF/50.01, dispone que las intervenciones sujetas al Seguimiento Priorizado son seleccionadas tomando en cuenta alguno de los siguientes criterios: a) El desempeño en la ejecución del presupuesto o el logro de resultados; b) La relevancia del presupuesto programado o asignado; y, c) Los temas relevantes o prioritarios de Gobierno; Que, el numeral 21.3 del artículo 21 de la Directiva Nº 0003-2022-EF/50.01 establece que la relación de intervenciones priorizadas y los pliegos responsables correspondientes es aprobada anualmente mediante resolución directoral de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una relación de intervenciones seleccionadas para el proceso de Seguimiento Priorizado 2025, conformada por la relación de intervenciones priorizadas y los pliegos responsables correspondientes, las cuales están orientadas a la implementación del sistema de seguimiento a la provisión de servicios del gobierno; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar la “Relación de intervenciones seleccionadas para el proceso de Seguimiento Priorizado 2025”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Directoral y su Anexo, aprobados por el artículo 1 de la presente Resolución