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18 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2025 El Peruano / Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del sitio arqueológico “Huaca Lafora”; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del sitio arqueológico “Huaca Lafora”, ubicado en el distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo plazo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 009-2024-JCH-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 16 de diciembre de 2024, así como en los Informes N° 000108-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000021-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-DRM/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-007-MC-DGPA- DSFL-2021 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xComunicación con los responsables de las afectaciones para evitar que sigan trabajando en la zona. Señalización: xColocar hitos y paneles informativos sobre su intangibilidad. Retiro de estructuras temporales, maquinaria, elementos y/o accesorios:xRetiro de estructuras precarias (postes, banderas, esteras,etc.) Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Pomalca, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 009-2024-JCH-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 16 de diciembre de 2024, el Informe N° 000108-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000021-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-DRM/ MC e Informe Nº 000043-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-007-MC-DGPA-DSFL-2021 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2372093-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00165-2025-DE Lima, 11 de febrero del 2025VISTOS: El O fi cio N° 0994/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00099-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 00249-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con O fi cio N° 285/51 la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú remite al Comandante General de la citada Institución Armada la documentación que sustenta el viaje del Vicealmirante Julio César CACHO MORÁN y del Capitán de Navío José Abelardo Martín HUERTAS CENTURIÓN, en comisión de servicio, para realizar la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, del 10 al 12 de marzo de 2025; Que, a través del Informe Legal N° 001-2025 la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Inspectoría General de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior del mencionado personal naval, en comisión de servicio, a fi n de efectuar la citada Inspección, en la fecha programada; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente, se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá evaluar los procesos de gestión de la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, a fi n de veri fi car la correcta utilización de los bienes y recursos del Estado Peruano, así como evaluar el grado de alistamiento operativo y administrativo en que se encuentra la referida Agregaduría para el cumplimiento de su misión, permitiendo veri fi car el correcto cumplimiento y aplicación de las leyes, ordenanzas navales y disposiciones vigentes; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 022- 2025 suscrita por dicha Institución Armada, los gastos por pasajes aéreos y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 032-2025, la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán en el presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las