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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (15/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2025 El Peruano / 2.5 Se prioriza el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios complementarios en zonas de frontera y de pobreza extrema, alineados a los objetivos nacionales del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional. 2.6 La DGPMI coordina y acuerda con los gobiernos regionales y locales carteras de proyectos de inversión, sobre la base de una revisión independiente del PMI, para incrementar el impacto de la inversión pública e impulsar el desarrollo nacional, regional y local, alineando los objetivos y acciones estratégicas de desarrollo y mejorando la efectividad y sostenibilidad de las intervenciones. Dicha cartera se fi nancia con cargo a la Asignación Presupuestaria Multianual, por toda fuente de fi nanciamiento. Principios rectores involucrados : Alineamiento de inversiones públicas en función al cierre de brechas y al planeamiento estratégico; complementariedad; priorización; oportunidad; sostenibilidad; gestión de riesgos; e fi cacia. III. Lineamiento para la formación del capital humano en materia de inversión pública Medidas que comprende el lineamiento para la formación del capital humano en materia de inversión pública: 3.1 Las entidades aseguran que los operadores de los órganos del SNPMGI, así como los equipos de las áreas que están vinculadas con el desarrollo de las inversiones, cuenten con capacidades técnicas y cumplan con los perfi les en materia de inversión pública. 3.2 La DGPMI asegura la oferta de formación de capacidades en los operadores del SNPMGI en materia de inversión pública, involucrando a la academia, organismos de cooperación técnica y expertos descentralizados como socios técnicos en los territorios. 3.3 Los operadores del SNPMGI deben contar con certi fi cación de los programas formativos brindados por la DGPMI, los cuales están relacionados al Ciclo de Inversión, así como su articulación con otros sistemas administrativos para el adecuado desempeño de sus funciones. 3.4 La DGPMI promueve la gestión del conocimiento y buenas prácticas a lo largo del Ciclo del Inversión basados en los resultados y la promoción del aprendizaje. 3.5 La DGPMI establece los lineamientos y procedimientos para la certi fi cación de los funcionarios y servidores que integran los órganos del SNPMGI. Principios rectores involucrados : Capacidad técnica; calidad de las inversiones IV. Lineamiento para el fi nanciamiento Medidas que comprende el lineamiento para el fi nanciamiento: 4.1 Asegurar la articulación entre la plani fi cación, el PMI y el presupuesto para cerrar la brecha entre la priorización y la formulación y la ejecución del presupuesto de inversión pública, buscando que las carteras de inversiones generen mejores impactos en el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios. 4.2 El fi nanciamiento de proyectos o programas de inversión, a través de transferencias, fondos concursables, gobierno a gobierno, entre otros; así como el reconocimiento de inversiones en asociaciones público-privadas co fi nanciadas y obras por impuestos, se ajustan a las reglas fi scales y a la evaluación de capacidad presupuestal, de corresponder. 4.3 El fi nanciamiento, a través de endeudamiento interno y externo, se orienta a programas de inversión o a los proyectos de alta complejidad o de envergadura o vinculados a los servicios prioritarios establecidos en los LPNIP. La DGPMI, en el marco de sus competencias, brinda asistencia técnica a los programas y proyectos de inversión antes citados, previa coordinación con la Dirección General de Tesoro Público (DGTP) desde la concepción de la idea . Asimismo, deben contar con la opinión de la DGTP para su incorporación en el PMI. 4.4 El financiamiento de inversiones nuevas en el PIA o PIM se limita a aquellas inversiones que cumplan con los criterios del numeral 2.3 del Lineamiento 2 del presente documento y a la prioridad definida en el PMI vigente. Las inversiones nuevas que se incorporen en el PMI serán revisadas por la DGPMI del MEF previamente y se limitan a las disposiciones que se establezcan en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 4.5 La DGPMI identi fi ca a las entidades que producto de las modi fi caciones presupuestarias durante la fase de ejecución presupuestal des fi nancien inversiones, generando la postergación de la provisión del servicio. 4.6 Las entidades priorizan el fi nanciamiento para la continuidad de las inversiones en ejecución hasta su culminación y cierre, con el fi n de que la población acceda a los servicios de manera oportuna, para lo cual teniendo en cuenta el costo actualizado del proyecto, programan como mínimo las previsiones presupuestales emitidas que garanticen el fi nanciamiento de los proyectos hasta su culminación. 4.7 Los gobiernos regionales y gobiernos locales acceden al fi nanciamiento de estudios de preinversión y a la ejecución de proyectos de inversión a través del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial (FIDT), priorizando la articulación territorial. 4.8 Los proyectos o programas de inversión que se fi nancian con endeudamiento externo se ejecutan implementando herramientas de dirección de proyectos a través de buenas prácticas y estándares internacionales, para contribuir a la e fi cacia del proyecto. Principios rectores involucrados : Alineamiento de inversiones públicas en función al cierre de brechas y al planeamiento estratégico; complementariedad; sostenibilidad; priorización; oportunidad. V. Lineamiento para la sostenibilidad de las inversiones Medidas que comprende el lineamiento para la sostenibilidad de las inversiones: 5.1 Desde la fase de Formulación y Evaluación se identi fi can los sistemas de entrega disponibles para la ejecución de los proyectos de inversión, en correspondencia con su nivel de complejidad, de forma tal que el sistema de entrega seleccionado evidencie un balance óptimo, en términos de costo, tiempo y calidad, para la provisión efectiva del bien o servicio, que se re fl eje en la rentabilidad, ejecutabilidad, gestión de riesgos y sostenibilidad del proyecto. 5.2 Las o fi cinas de presupuesto, o las que hagan sus veces, en coordinación con las o fi cinas de abastecimiento o el área competente, programan los recursos para la operación y mantenimiento de los activos generados por la inversión durante su vida útil, evitando su deterioro anticipado, teniendo en cuenta las inversiones que culminan y entran en operación para su inclusión y asignación presupuestal anual. 5.3 La viabilidad de los proyectos de inversión se sujeta a la disponibilidad y sostenibilidad presupuestaria de recursos para el fi nanciamiento futuro de la operación y el mantenimiento de los activos, considerando además los gastos que demandan el funcionamiento de los activos existentes. En el caso de los proyectos de inversión cuyo costo de operación y mantenimiento se fi nancien con tarifas, se requiere un análisis del impacto de dicho costo en las tarifas. 5.4 Las entidades fomentan la formación de activos resilientes que puedan soportar los efectos del cambio climático a largo plazo y prevenir el daño operativo, fi nanciero, ambiental y social e identi fi can y formulan proyectos de inversión que generan externalidades positivas en el medio ambiente. 5.5 Las entidades aplican un modelo de gestión de activos de inversiones públicas de fi nido por la DGPMI para la entrega de bienes y servicios a lo largo de la vida útil de los activos.