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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (15/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2025 El Peruano / Principios rectores involucrados : Complementariedad; sostenibilidad; gestión de riesgos VI. Lineamiento para la calidad de los proyectos de inversión Medidas que comprende el lineamiento para la calidad de los proyectos de inversión: 6.1 Se realiza la opinión independiente de los proyectos de inversión de alta complejidad con participación del MEF (DGPMI y DGPP) y en el caso de mediana complejidad con participación de los Sectores, como condición previa y vinculante para su declaración de viabilidad, en términos de su pertinencia, rentabilidad, ejecutabilidad, sostenibilidad, capacidad presupuestal y capacidad organizacional. 6.2 Para la evaluación ex ante (previo a la declaración de viabilidad) de los proyectos de mediana y alta complejidad de infraestructura económica se utiliza el análisis costo bene fi cio como la metodología que re fl eja el valor por dinero a lo largo del Ciclo de Inversión, la multiplicidad de alternativas, el análisis y la gestión de riesgos para el diseño de alternativas, la estimación de costos bajo estándares de ingeniería, el fi nanciamiento sostenible y el análisis de los sistemas de entrega. 6.3 El esfuerzo técnico para la formulación, evaluación y ejecución de los proyectos de inversión es directamente proporcional a la complejidad de los mismos, de tal forma que el uso de documentos técnicos para la formulación y evaluación de los proyectos está determinado por la complejidad. La DGPMI, en coordinación con los Sectores, según corresponda, establecen criterios especí fi cos basados en riesgos asociados a la complejidad de las inversiones. 6.4 La DGPMI establece disposiciones para estandarizar los niveles de alcance de la ingeniería conceptual y básica utilizada en la fase de Formulación y Evaluación, de manera que se puedan estimar mejor los costos de inversión y reducir las variaciones en la fase de Ejecución. 6.5 Los proyectos cumplen con niveles de servicio y estándares de calidad establecidos por los Sectores, con información su fi ciente que sustente la toma de decisión para la ejecución. Los Sectores promueven estándares para el diseño de las inversiones que desarrollen las entidades de los tres niveles de gobierno. 6.6 Las evaluaciones ex post retroalimentan la teoría del cambio de los proyectos de inversión y sustentan las evidencias de nuevos proyectos, a partir de recomendaciones y lecciones aprendidas que debe contribuir a la predictibilidad y gestión de riesgos para evitar obras paralizadas. 6.7 La evaluación de la calidad de las viabilidades por la DGPMI y los Sectores retroalimenta con lecciones aprendidas a la fase Formulación y Evaluación y contribuye a determinar las necesidades de capital humano en el Ciclo de Inversión. 6.8 La DGPMI lidera la implementación de la metodología Building Information Modelling (BIM) en la formulación, diseño, construcción y en la gestión de activos de proyectos de inversión de mediana y alta complejidad a fi n de generar e fi ciencias en costos y plazos. 6.9 Las variaciones de costo del diseño, según el nivel de ingeniería, respecto a la viabilidad del proyecto de inversión se informan a los órganos de control a efectos de plantear medidas de optimización en la fase de ejecución. 6.10 La DGPMI en coordinación con los sectores funcionalmente responsables propone soluciones innovadoras técnicamente posibles y sostenibles, que deben ser consideradas en la formulación y evaluación, o ejecución, o funcionamiento, según corresponda, para lograr soluciones más e fi cientes y efectivas en la solución de los problemas identi fi cados. 6.11 Los proyectos de inversión de baja complejidad se pueden ejecutar por administración directa, en cuyo caso se justi fi ca en la formulación y evaluación que dicha modalidad es más e fi ciente en términos costo o tiempo, que la ejecución por administración indirecta. La administración directa, por excepción, no requerirá de dicha justi fi cación en los siguientes supuestos: i) inversiones para intervenciones de prevención o atención de situaciones de emergencia, ii) inversiones de emergencia en zonas que cuenten con declaratoria de Estado de Emergencia, y iii) saldos de obra cuyo costo de inversión es menor a 10,000,000 (diez millones y 00/100 soles). Los proyectos de inversión que se ejecuten por administración directa están sujetos al control concurrente. 6.12 La DGPMI en coordinación con los Sectores promueve la estandarización de los procesos de formulación, evaluación y entrega de proyectos de baja complejidad y simpli fi cados. 6.13 La identi fi cación de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), está sujeta a los criterios y umbrales que determine la DGPMI, incluyendo un análisis de riesgos para con fi rmar su identi fi cación como IOARR. Principios rectores involucrados : Calidad de las inversiones; complementariedad; evaluación social y económica; capacidad técnica; gestión de riesgos VII. Lineamiento para la gobernanza de las inversiones Medidas que comprende el lineamiento para la gobernanza de las inversiones 7.1 Para los proyectos de inversión de alta complejidad las entidades implementan una gestión basada en resultados y procesos, de fi nido por la DGPMI, así como la aplicación de estándares adecuados para mejorar la efi ciencia y la efectividad del proyecto, asegurando que estos se ejecuten dentro del costo, plazo y alcance defi nidos en el diseño. 7.2 La coordinación entre niveles de gobierno es fundamental para la de fi nición de las estrategias y sinergias de inversión multinivel y multisectorial, por lo que se realiza a través de mecanismos que fomenten el equilibrio entre una perspectiva nacional y los distintos puntos de vista sectoriales, regionales y locales. 7.3 La DGPMI brinda acceso al ciudadano sobre los resultados del desempeño de las entidades pública en la gestión de inversiones, a través del índice de gestión de inversiones como fuente de información para procesos de vigilancia y rendición de cuentas a nivel local, regional y nacional. 7.4 Las entidades realizan el seguimiento y evaluación de las inversiones con indicadores propuestos por la DGPMI, buscando la calidad en la gestión de las inversiones durante el Ciclo de Inversión, identi fi cando áreas críticas, riesgos y compromisos. 7.5 Se promueve el uso de herramientas de dirección de proyectos para la mejora de la gestión de la inversión pública, promoviendo la participación de la alta dirección y los actores involucrados en el desarrollo de los proyectos para una adecuada toma de decisiones. 7.6 La DGPMI implementa procesos para lograr una mayor efectividad en el Ciclo de Inversiones, teniendo en cuenta los resultados de los índices de gestión de las inversiones de los tres niveles de gobierno. 7.7 Asegurar que el software desarrollado con recursos públicos y de titularidad de las entidades públicas, se registre en la Plataforma Nacional de Software Público Peruano, para su uso copia, modi fi cación y distribución bajo una licencia libre o abierta de los Sistemas Administrativos del Estado. Dicho registro no aplica para los softwares o aplicaciones informáticas desarrollados o implementados por los Sistemas Administrativos del Estado. 7.8 Priorizar, previa evaluación funcional y técnica de la DGPMI, el uso de software de código abierto y estándares libres en todas las fases del Ciclo de Inversión del SNPMGI, con el propósito de optimizar la toma de decisiones, la e fi ciencia operativa y la calidad de la gestión de las inversiones públicas; y, fomentar la incorporación de tecnologías digitales, incluyendo sistemas basados en inteligencia arti fi cial, así como la adopción de metodologías ágiles para el desarrollo, implementación y gestión de softwares que comprendan los aplicativos informáticos del SNPMGI de fi nidos por la DGPMI, promoviendo la automatización, digitalización y sostenibilidad tecnológica.