Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (21/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 21 de febrero de 2025 El Peruano / Dejan sin efecto el artículo cuarto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 292-2025-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 495-2025-MP-FN Lima, 20 de febrero de 2025 VISTOS: El ofi cio Nº 000435-2025-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE de fecha 5 de febrero de 2025, e informe Nº 0025-2025-MP-FN-OREF-YGRC de fecha 14 de febrero de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 292-2025-MP-FN, de fecha 31 de enero de 2025, se resolvió concluir el nombramiento del abogado Rolando Trinidad Gallegos Llacta, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque y su designación en la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, asimismo, a través de la mencionada resolución se le nombra como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y se le designa en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, con vigencia de su nombramiento y designación a partir de su juramentación. Con el o fi cio de vistos, el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, elevó el escrito por medio del cual el abogado Rolando Trinidad Gallegos Llacta, declina a su nombramiento como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y designado en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, por motivos de índole personal. En ese sentido y por la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, se hace oportuno aceptar la declinación presentada por el abogado Rolando Trinidad Gallegos Llacta. En consecuencia dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 292-2025-MP-FN, de fecha 31 de enero de 2025, en el extremo que dispone su nombramiento y designación descrita en el primer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo cuarto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 292-2025-MP-FN, de fecha 31 de enero de 2025, que nombra al abogado Rolando Trinidad Gallegos Llacta como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y lo designa en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado en mención. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2373770-1 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 496-2025-MP-FN Lima, 20 de febrero de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 000858-2025-MP-FN-PJFSLIMASUR de fecha 12 de febrero de 2025, e informe Nº 0023-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 17 de febrero de 2025, y; CONSIDERANDO: Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En función de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Así la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; por lo tanto, no le corresponde el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante el o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Mira fl ores. En ese sentido y por la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar al abogado Paul Diego Suazo Rivera como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y designarlo en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Mira fl ores. Cabe acotar que el abogado Paul Diego Suazo Rivera, se encuentra laborando a plazo indeterminado dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA); por lo que, corresponde disponer se realicen las acciones que correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024. A partir de lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Paul Diego Suazo Rivera como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y designarlo en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Mira fl ores. Artículo Segundo.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto el abogado mencionado. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial