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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (28/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Viernes 28 de febrero de 2025 El Peruano / de Administración Tributaria, la de formular y proponer políticas, normas, planes y programas que permitan generar rentas para la Municipalidad; y, en esa línea, el artículo 71º del mismo cuerpo de ley, establece que la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, tiene entre sus funciones la de diseñar, dirigir, controlar y ejecutar estrategias de cobranza de las obligaciones tributarias; Que, mediante Ordenanza Nº 523-2024-MDL, se aprueba los Bene fi cios Tributarios en el Distrito de Lince. Asimismo, en la Segunda Disposición Final se faculta a la señora Alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza de autos, y además para que disponga su prórroga si fuera el caso; Que, mediante el Informe Técnico N° 00001-2025- MDL/GAT/SRROC, de fecha 21 de febrero de 2025, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, indica que con el objetivo de seguir cumpliendo con promover el desarrollo integral y sostenible en el Distrito de Lince y brindar un servicio idóneo, e fi ciente y efi caz, así como de fomentar la Cultura Tributaria en nuestro distrito implementando facilidades de pagos e incentivando con bene fi cios a nuestros contribuyentes preferentes y puntuales, es necesario PRORROGAR la Ordenanza N° 523-2024-MDL, Ordenanza que fi ja el pago mínimo del Impuesto Predial 2025, calendario tributario e incentivos por pronto pago y con ello seguir otorgando un bene fi cio de incentivo por pronto pago de forma íntegra hacia nuestros contribuyentes Linceños; Que, mediante el Informe N° 00006-2025-MDL/ GAT, de fecha 21 de febrero de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que resulta necesario aprobar la prórroga antes referida, a fi n de seguir cumpliendo con promover el desarrollo integral y sostenible en nuestro distrito y brindar un servicio idóneo, efi ciente y e fi caz, fomentando la Cultura Tributaria a través de la implementación de facilidades de pagos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias e incentivar con bene fi cios a los contribuyentes Linceños; Que, mediante el Informe N° 00079-2025-MDL/OGAJ, de fecha 14 de febrero de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto a prorrogar la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 523-2024-MDL; Que, estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y a lo señalado por el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1.- PRORROGAR, hasta el 31 de marzo de 2025 la fecha de vencimiento del pago al contado del Impuesto Predial 2025, así como la primera cuota del pago fraccionado; y de la Primera y Segunda Cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2025, según lo establecido en el artículo 2° de la Ordenanza N° 523-2024-MDL. Artículo 2.- PRORROGAR, hasta el 31 de marzo de 2025 la fecha de vencimiento del Incentivo de Pronto Pago establecido en el artículo 3° de la Ordenanza N° 523-2024-MDL. Artículo 3.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria a través de sus subgerencias, O fi cina de Tecnologías de la Información, O fi cina General de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 5.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2375002-1MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Autorizan viaje de Regidor para participar en evento a realizarse en España ACUERDO DE CONCEJO N° 00015-2025/ MDSA Santa Anita, 25 de febrero de 2025 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO : VISTO: en la IV Sesión de Concejo celebrada en la fecha; el Memorando N° 246-2025-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; el Informe N° 093-2025-MDSA/OGAJ de O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 236-2025-MDSA/OGPPPI de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum N° 037-2025-OGS/MDSA de la Ofi cina General de Secretaria; el Documento Externo N° 3341, remitida por ONWARD INTERNACIONAL suscrita por su Presidente Felix González Polar, por el cual cursa Invitación para participar en la Gira de Capacitación Municipal sobre Proyectos y Cooperación Internacional en España; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que: “Las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, de conformidad con el artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos del Concejo Municipal son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM,establece disposiciones para la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, además lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 32185 – ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2025, señala que durante el año fi scal 2025 los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (08) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; Que, con Documento Externo N° 3341, remitida por ONWARD INTERNACIONAL suscrita por su Presidente Félix González Polar, se cursa Invitación a la Municipalidad Distrital de Santa Anita para participar en el evento denominado Gira de Capacitación Municipal sobre Proyectos y Cooperación Internacional a realizarse en la Ciudad de Madrid – España, entre los días del 03