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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2025 (03/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Jueves 3 de julio de 2025 El Peruano / Intergubernamental de Desarrollo e Inclusión Social (CIDIS). b) Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS). c) Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL-DIS)”; asimismo, el numeral 34.7 del artículo 34° señala que: “La organización, conformación y funcionamiento de la IAL-DIS se regula por su reglamento interno, el cual es aprobado por el Gobierno Local con un dispositivo legal”; Que, con Ordenanza N° 729-MSB de fecha 21 de mayo de 2025 y publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 28 de mayo de 2025, se aprueba la creación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social del distrito de San Borja, precisando en su Artículo Octavo que: “ENCARGAR a la secretaria técnica la elaboración del Reglamento Interno, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Ordenanza Municipal, el mismo que será aprobado mediante Decreto de Alcaldía”; Que, a través del Informe N° D000031-2025-MSB- GM-GGS de fecha 12 de junio de 2025, la Gerencia de Gestión Social remite el Informe Técnico N° D000004- 2025-MSB-GM-GGS-JDSV de fecha 10 de junio de 2025, mediante el cual, la Coordinadora de la Unidad Local de Empadronamiento remite el proyecto del “Reglamento Interno para la Organización, Conformación y Funcionamiento de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social - IAL - DIS Municipalidad Distrital de San Borja”; cuyo objeto es establecer las disposiciones para la organización, conformación y funcionamiento de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social, conformada mediante Ordenanza N° 729-MSB, como espacio de articulación y coordinación para el cierre de brechas sociales en el distrito de San Borja; en atención a ello, la Gerencia de Gestión Social remite los actuados a la Gerencia Municipal y solicita la aprobación a través del acto administrativo correspondiente; Que, mediante el Informe N° D000608-2025-MSB- GM-OGAJ de fecha 18 de junio de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y concluye que, estando al marco legal habilitante y a la propuesta alcanzada por la Gerencia de Gestión Social en el marco de la Ordenanza N° 729- MSB, resulta factible remitir los actuados al despacho de Alcaldía para la emisión del Decreto de Alcaldía propuesto, al amparo de lo señalado en el artículo 42° y numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972; Que, a través del Memorándum N° D000504-2025- MSB-GM de fecha 18 de junio de 2025, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido y continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, numerales 6) y 18) de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la O fi cina General de Gestión Social, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento Interno para la Organización, Conformación y Funcionamiento de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social - IAL - DIS Municipalidad Distrital de San Borja” , cuyo anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, así como encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía conjuntamente con su anexo correspondiente en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Borja. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2414535-1MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA N° 555/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 26 de junio de 2025 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de ordenanza que aprueba el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de San Juan de Mira fl ores y la Hoja de Ruta; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades - que señala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, conforme a los numerales 24.1 y 24.2 del artículo 24° de la Ley N° 28245 - Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el marco de los principios de la gestión ambiental; así como deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental (SLGA), sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el gobierno local y con la participación de la sociedad civil, respectivamente; Que, el numeral 36.2 del artículo 36° del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, dispone que cada gobierno local encarga a la Gerencia Ambiental o la que haga sus veces la implementación del SLGA y aprueba, mediante ordenanza municipal, una hoja de ruta que permita reportar semestralmente los avances del proceso de implementación al concejo municipal y al Ministerio del Ambiente; Que, mediante Memorándum N° 243-2025-GGA/ MDSJM, la Gerencia de Gestión Ambiental propone el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de San Juan de Mira fl ores, así como su correspondiente Hoja de Ruta , en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM; lo que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe N° 1654-2025-OPPI-OGPP/MDSJM), O fi cina de Planeamiento, Modernización y Cooperación Técnica (Informe N° 141-2025-OPMyCT-OGPP/MDSJM), O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum N° 456-2025-OGPP/MDSJM), así como la opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (Informe N° 213-2025-OGAJ/MDSJM), y la conformidad de la Gerencia Municipal (Memorándum N° 544-2025- GM/MDSJM; De conformidad con los artículos 9º, numeral 8), y 40º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con el Voto UNÁNIME de los señores regidores, el Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores aprueba la siguiente: