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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2025 (03/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Jueves 3 de julio de 2025 El Peruano / Presupuesto y Modernización, remitido con Memorando N° D000216-2025-SAT-OPP, se realiza el análisis de impactos cuantitativos y cualitativos de la propuesta normativa; Que, con Informe N° D000302-2025-SAT-OAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de la normativa expuesta en la parte considerativa de la presente resolución y las opiniones de las subgerencias y ofi cina indicadas, concluye que resulta legalmente viable aprobar la propuesta de directiva planteada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT, Código: GGEDG0002, versión 01, la directiva es el documento por el cual el SAT establece la manera en que la entidad y los administrados deben realizar sus actuaciones, asegurando el correcto cumplimiento de las normas que regulan las materias de su competencia. Los proyectos de directiva son elaborados por la O fi cina General de Asesoría Jurídica a iniciativa de los órganos y unidades orgánicas correspondientes. Una vez aprobados por resolución de Gerencia General, estos documentos se publican en el Diario O fi cial “El Peruano” y sus anexos se difunden en el portal institucional del SAT, salvo disposición legal contraria; Estando a lo dispuesto en el artículo 10 y el literal l) del artículo 11 del MOP del SAT; así como el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébese en el Servicio de Administración Tributaria- SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima el servicio de noti fi cación electrónica mediante el uso del Sistema de Casillas Electrónicas del SAT – SICESAT. Artículo 2°.- Apruébese la Directiva N° 286-006- 00000001, “Directiva que establece el procedimiento para la noti fi cación mediante casilla electrónica en el SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima”. Artículo 3°.- Deróguese la Resolución Jefatural N° 001-004-00005155, que aprobó la Directiva N° 001-006- 00000034, “Directiva que establece el procedimiento para la noti fi cación electrónica de los documentos en materia tributaria emitidos por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, entre otras disposiciones, a partir del 1 de agosto de 2025, fecha de entrada en vigencia de la Directiva N° 286-006-00000001, “Directiva que establece el procedimiento para la noti fi cación mediante casilla electrónica en el SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima”. Artículo 4°.- Encárguese a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución y de la Directiva N° 286-006-00000001 en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5°.- Encárguese al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución y de la Directiva N° 286-006-00000001 en la página web de la entidad: www.sat.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA DEL PILAR CABALLERO ESTELLA Gerente GeneralServicio de Administración Tributaria DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE CASILLA ELECTRÓNICA EN EL SAT DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA DIRECTIVA N° 286-006-00000001 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1. OBJETO La presente directiva recoge las disposiciones, reglas y formalidades previstas en el ordenamiento legal vigente, para la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos administrativos y otras actuaciones administrativas emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) sujetos al ámbito de aplicación de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) se aprobó con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y el Código Tributario, cuyo TUO se aprobó por Decreto Supremo N° 133-2013-EF. 2. FINALIDAD La presente directiva tiene por fi nalidad dotar de mayor celeridad y e fi cacia a la noti fi cación de los actos administrativos y otras actuaciones administrativas emitidas por el SAT de la MML, a través de la utilización de una casilla electrónica, orientada a la protección del interés general, garantizando el derecho a la debida noti fi cación implícito al debido procedimiento administrativo, al amparo de la Ley N° 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Código Tributario, según corresponda. 3. ABREVIATURAS En la presente norma se emplean las siguientes abreviaturas: a) AVISAT: Agencia Virtual SAT. b) MML: Municipalidad Metropolitana de Lima. c) SAT: Servicio de Administración Tributaria de la MML. d) SICESAT: Sistema de Casillas Electrónicas del SAT. e) TUO: Texto Único Ordenado. 4. DEFINICIONES a) ACTO ADMINISTRATIVO U OTRAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS: Son aquellos emitidos en el marco de lo previsto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Código Tributario, según corresponda. b) ACUSE DE RECIBO ELECTRÓNICO EN LA NOTIFICACIÓN REGULADA POR LEY N° 27444 Y LEY N° 31736: Procedimiento que registra y acredita la recepción de la noti fi cación electrónica efectuada en la casilla electrónica, y da certeza al remitente que la recepción ha tenido lugar en una fecha y hora determinada a través del sello de tiempo electrónico. c) ACUSE DE RECIBO ELECTRÓNICO EN LA NOTIFICACIÓN REGULADA POR EL CÓDIGO TRIBUTARIO: Procedimiento que registra el depósito del documento en la casilla electrónica, de modo tal que se impide rechazar el envío y da certeza al remitente de que el envío ha tenido lugar en una fecha y hora determinada a través del sello de tiempo electrónico; siendo el medio de prueba de la noti fi cación electrónica realizada, sin requerir de con fi rmación alguna por parte del deudor tributario y constituyéndose en la constancia de noti fi cación respectiva. d) ADMINISTRADO: Persona natural o jurídica que cualquiera sea su cali fi cación o situación procedimental, participa en el procedimiento administrativo. Cuando una entidad interviene en un procedimiento como administrado, se somete a las normas que lo disciplinan en igualdad de facultades y deberes que los demás administrados. e) CASILLA ELECTRÓNICA: Buzón electrónico asignado al administrado, contribuyente o responsable, creado en el Sistema de Intermediación Digital, cuyo propósito es el trámite seguro y con fi able de la noti fi cación de los documentos que contienen los actos administrativos u otras actuaciones administrativas que emite el SAT, en el desarrollo de los procedimientos a su cargo. f) CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA EN LA NOTIFICACIÓN REGULADA POR LEY N° 27444 Y LEY N° 31736: Documento generado automáticamente,