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39 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de julio de 2025 El Peruano / Que, mediante el Artículo 1° de la Ley N° 29408- Ley General de Turismo, se declara de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria de estado para el desarrollo del país, demostrando la importancia de la cultura y la necesidad de implementar políticas públicas para dinamizar el sector, además de revalorar la importancia de los contenidos culturales, la protección del patrimonio cultural y la reactivación económica de las industrias del sector turismo; Que, el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) 2025, en su versión más reciente, promueve un modelo de turismo cultural que prioriza la sostenibilidad, la valorización del patrimonio, y el fortalecimiento de las identidades locales, impulsando la creación de herramientas regionales que sistematicen y visibilicen los atractivos y actividades turísticas y culturales; Que, las festividades y actividades culturales de la región Puno, como la Festividad de la Virgen de la Candelaria, el Año Nuevo Andino y el Carnaval de Juliaca, representan un importante motor para el desarrollo económico regional. Estas expresiones culturales generan oportunidades de empleo, dinamizan el turismo y contribuyen al bienestar social de las comunidades, por lo que resulta indispensable promoverlas de manera organizada y estratégica, garantizando su sostenibilidad en bene fi cio de las generaciones presentes y futuras; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, conforme al desarrollo de la agenda programada, se tiene el O fi cio N° 059-2024-GR.PUNO/CRP-AUU, presentado por el consejero regional, Alfredo Ucharico Uruchi, quien solicita la aprobación de Ordenanza Regional con el objeto de aprobar la creación del Calendario de Actividades Turísticas y Culturales de la región Puno, como un instrumento de gestión y promoción de las manifestaciones culturales y atractivos turísticos de la región, ello en aplicación del artículo 123° del Reglamento Interno de Consejo Regional, el cual indica que: “El Pleno del Consejo Regional puede exonerar del Procedimiento Legislativo y estudio de comisión siempre y cuando esta Propuesta de Ordenanza Regional cuente con Opinión Legal y Técnica viable del órgano y/o entidad correspondiente (...) , por lo cual conforme a dicho articulado se presenta ante el Pleno de Consejo Regional la moción de Ordenanza Regional fundamentando su pedido en razón a la exposición de motivos y los instrumentos técnicos y legales que sustentan su aprobación; Que, la iniciativa de crear el Calendario de Actividades Turísticas y Culturales de la región Puno surge a partir de diferentes reuniones, donde se identi fi có la necesidad de implementar este instrumento normativo mediante una Ordenanza Regional. En dicho contexto, la DIRCETUR Puno emitió el O fi cio N° 000620-2024-GRP/DIRCETUR y el Informe Técnico N° 000018-2024-GRP/DIRCETUR-DT-LACP, en los cuales se otorga una opinión técnica favorable a la propuesta, destacando su importancia para fortalecer la gestión turística y organizar las manifestaciones culturales y los atractivos de la región, en concordancia con el Plan Estratégico Regional de Turismo 2021-2026 (PERTUR Puno) y la Ordenanza Regional N° 009-2023-GRP-CRP, que creó el programa “PROMPUNO”; Asimismo, se subraya que el Calendario permitirá unifi car y estandarizar la información de las actividades turísticas y culturales, optimizando su promoción y comercialización tanto a nivel regional como nacional. Finalmente, la Opinión Legal N° 000714-2024-GRP/ORAJ, emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, rati fi ca la viabilidad de la propuesta y recomienda su continuidad, resaltando que esta iniciativa contribuirá a atraer turistas, dinamizar el interés por los eventos programados y fortalecer el desarrollo sostenible del sector turístico en la región; Que, la creación de un Calendario de Actividades Turísticas y Culturales de la región Puno constituye un instrumento clave para la plani fi cación integral de festividades y eventos, fomentando la descentralización del turismo y promoviendo oportunidades económicas en diversas localidades, más allá de los centros tradicionales. Este calendario contribuirá a una distribución equitativa de los bene fi cios turísticos, fortaleciendo las economías locales, incentivando la participación comunitaria y valorando el patrimonio cultural de la región. Además, su implementación se alinea con las políticas nacionales de descentralización y desarrollo inclusivo, reduciendo desigualdades territoriales, promoviendo la cohesión social y reforzando la identidad cultural como base para un desarrollo sostenible, posicionando a Puno como un destino turístico estratégico a nivel nacional e internacional; Que, el Pleno del Consejo Regional, en sesión y luego de analizar la documentación presentada, se procedió a la votación, siendo esta aprobada con dieciséis votos a favor, Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley 31433 y la Ley N° 31812, por mayoría legal; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la creación del Calendario de Actividades Turísticas y Culturales de la región Puno, como instrumento de gestión y promoción de las manifestaciones culturales y atractivos turísticos de la región. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Calendario de Actividades Turísticas y Culturales de la región Puno tendrá los siguientes objetivos: a) Promover y difundir las actividades turísticas y culturales de la región Puno en coordinación con el programa PROMPUNO, maximizando su visibilidad a nivel regional, nacional e internacional. b) Fomentar la participación de la población en las actividades culturales y turísticas. c) Contribuir al desarrollo económico de la región a través del turismo cultural. d) Preservar y valorar el patrimonio cultural material e inmaterial de la región Puno. Artículo Tercero.- VALIDAR E IMPLEMENTAR un Registro de Actividades Turísticas y Culturales de la región Puno, que será administrado y supervisado por la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR) Puno, en colaboración con el programa PROMPUNO, con el fi n de fomentar la organización, plani fi cación y promoción e fi ciente de dichas actividades. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el Registro de Actividades Turísticas y Culturales incluirá datos relevantes sobre los operadores turísticos, organizadores de eventos culturales, actividades y servicios turísticos disponibles, permitiendo así a la DIRCETUR realizar un monitoreo constante de la oferta cultural y turística en la región, debiendo contener como mínimo la siguiente información: a) Nombre de la actividad b) Fecha de realizaciónc) Lugar de realización d) Breve descripción de la actividad e) Entidad organizadoraf) Datos de contacto del organizador Artículo Quinto.- DISPONER que la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR), en coordinación con PROMPUNO, valide, implemente y mantenga actualizada una sección en la página web o fi cial del Gobierno Regional de Puno dedicada al Calendario de Actividades Turísticas y Culturales, publicando y actualizando periódicamente la información contenida en el Registro. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR), en coordinación con PROMPUNO, la coordinación con las municipalidades provinciales y distritales, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno, y la Dirección