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20 NORMAS LEGALES Viernes 18 de julio de 2025 El Peruano / Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93- EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa COMPAÑÍA ELÉCTRICA EL PLATANAL S.A., la concesión temporal para centrales de generación del proyecto “Central Eólica La Quebrada 1”, con una capacidad instalada estimada de 150 MW, ubicado en el distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 18S: VÉRTICE ESTE NORTE A 488002.4874 8352352.2802 B 489433.4533 8351823.2915 C 491726.5735 8349692.5054 D 496354.9307 8348152.0370 E 499094.4546 8346546.0859 F 499605.8278 8345872.3067 G 499212.4447 8345408.0957 H 499122.0597 8344901.0624 I 498466.7629 8344785.8456 J 497703.1722 8344518.9401 K 496949.4241 8344682.5596 L 495668.0283 8344711.8483 M 495663.4725 8343991.7808 N 495419.6235 8341907.7894 Ñ 491645.4424 8341668.4233 O 490963.1815 8344876.7254 P 491799.6217 8344844.0037 Q 494064.8937 8344012.6103 R 494912.2319 8344030.6559 S 494956.6527 8344773.2907 T 491699.1884 8345930.1634 U 489329.1561 8347500.4424 V 488992.8242 8348645.1285 W 488023.2340 8349458.7455 Artículo 3.- Disponer que la empresa COMPAÑÍA ELÉCTRICA EL PLATANAL S.A. realice los estudios de factibilidad, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, y cumpliendo con las obligaciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la Resolución Directoral N° 046-2010-EM/DGE, y las demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la empresa COMPAÑÍA ELÉCTRICA EL PLATANAL S.A. no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fi el cumplimiento, la referida Dirección General ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario ofi cial El Peruano por cuenta de la empresa COMPAÑÍA ELÉCTRICA EL PLATANAL S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2419250-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1400-2025-IN Lima, 16 de julio de 2025 VISTOS, el O fi cio N° 1270-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N°002106-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 339-2024- JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano español JOSÉ JUAN MARTÍNEZ GÓMEZ, formulada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de Trá fi co Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano; Que, a través de la comunicación electrónica, de fecha 2 de julio de 2025, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL – Madrid informa a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido aceptada la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición del ciudadano español JOSÉ JUAN MARTÍNEZ GÓMEZ; Que, con Informe N° 361-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, sustenta la designación del Comandante de la Policía Nacional del Perú RUBEN ROBERT DURAND ROJAS y de la Subo fi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú EVERLY SIERRA GOMEZ, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Madrid del Reino de España, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano español JOSÉ JUAN MARTÍNEZ GÓMEZ; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 236-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, del 19 al 24 de julio de 2025, a la ciudad de Madrid del Reino de España, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la