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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2025 (18/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 18 de julio de 2025 El Peruano / JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican la R.M. N° 0140-2025-JUS que creó el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Penal y/o normas conexas en la materia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0255-2025-JUS Lima, 17 de julio de 2025VISTOS, el Informe N° 260-2025-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; el Informe N° 084-2025-JUS/OGPM-OOM, de la O fi cina de Organización y Modernización; el Memorando N° 1500-2025-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 938-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es competente en materia de defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Que, en el marco de dicha competencia, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene como función especí fi ca, estudiar y proponer la dación y reforma de la legislación, de conformidad con lo señalado en el literal l) del artículo 7 de la citada ley; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0140-2025- JUS, de fecha 24 de abril de 2025, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Penal y/o normas conexas en la materia, con el objeto de fortalecer y actualizar las normas contenidas en dicho Código y/o normas conexas, atendiendo a los desarrollos criminológicos, jurisprudenciales y doctrinales que se han producido; Que, la Dirección General de Asuntos Criminológicos como Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0140-2025-JUS, a fi n de incorporar como integrante del Grupo de Trabajo a la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, y perfeccionar el contenido de los literales k) y l) del párrafo 2.1 de la citada disposición en relación a la labor que realiza la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) en el marco de aseguramiento de la calidad del servicio educativo superior universitario regulada en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Que, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, para la incorporación de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú como integrante del Grupo de Trabajo, la mencionada institución ha brindado su conformidad previa mediante la Carta N° 027-2025-P-JUDECAP, de fecha 16 de junio de 2025, cursada por su Presidente; Que, en virtud al literal a) del numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, la presente disposición se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende consistente en modi fi car la conformación de un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal; Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia; de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0140-2025-JUS Se modi fi ca el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0140-2025-JUS, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 2. Conformación 2.1. El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes integrantes: a) El Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien lo preside. b) El Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. c) Un (01) representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. d) El Director de la Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e) Un (01) representante del Poder Judicial. f) Un (01) representante de la Fiscalía de la Nación. g) Un (01) representante del Ministerio del Interior.h) Un (01) representante de la Policía Nacional del Perú. i) Un (01) representante del Instituto Nacional Penitenciario. j) Un (01) representante de la Defensoría del Pueblo. k) Un (01) representante de una facultad de derecho de una de las universidades públicas más antiguas del Perú, licenciada en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). l) Un (01) representante de una facultad de derecho de una de las universidades privadas más antiguas del Perú, licenciada en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). m) Un (01) representante de la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú. 2.2. Para la elección de los representantes de las facultades de derecho de una universidad pública y una universidad privada, se tiene en cuenta a aquellas universidades que cuenten con más de cincuenta (50) años de creación y se realiza en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la sesión de instalación, mediante votación por mayoría de los integrantes del Grupo de Trabajo. 2.3. La designación del integrante del Grupo de Trabajo previsto en el literal c) del numeral 2.1 de la presente Resolución, está a cargo del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y se realiza con posterioridad a la publicación del presente acto, a través de documento formal. 2.4. Los integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honórem. 2.5. La Secretaría Técnica asume la dirección de las sesiones ante la ausencia del presidente del Grupo de Trabajo o su representante”. Artículo 2.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0140-2025-JUS. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Justicia y