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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2025 (26/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 124

124 NORMAS LEGALES Sábado 26 de julio de 2025 El Peruano / presente alguna otra condición, circunstancia u otra causal, que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual ha sido nombrada. El artículo 2 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que “El per fi l del fi scal está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales y profesionales que aseguran que, en el ejercicio de sus funciones, los fi scales respondan idóneamente a los roles constitucionales de defensa de la legalidad, de los intereses públicos tutelados por el derecho, de representación de la sociedad en juicio y de investigación del delito”; ciñendo su actuación dentro de los principios de objetividad y probidad, a efectos de mantener y fortalecer la imagen del Ministerio Público. En ese sentido, estando a que se encuentra registrada la baja de la referida abogada como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque designada en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, desde el 26 de marzo de 2025, y que mediante escrito de vistos declinó a la referida designación, resulta necesario adoptar las medidas necesarias a efectos de salvaguardar la integridad de la función fi scal. Por lo expuesto, conforme a las prerrogativas de la Fiscal de la Nación, corresponde emitir el acto resolutivo que dé por concluidos el nombramiento y la designación de la abogada Flor De Maria Lopez Cespedes; considerando el marco normativo antes citado y según el informe Nº 0169-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 17 de julio de 2025. En ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cada por la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Flor De Maria Lopez Cespedes, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N os 981-2023-MP-FN y 905-2025-MP-FN, de fechas 28 de abril de 2023 y 21 de marzo de 2025, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Flor De Maria Lopez Cespedes que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2423051-15Dan por concluida designación de fiscal adjunto provincial titular (corporativo) especializado contra la criminalidad organizada de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2257-2025-MP-FN Lima, 25 de julio de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N os 2604-2019-MP-FN y 1520-2020-MP-FN, de fechas 18 de septiembre de 2019 y 31 de diciembre de 2020, respectivamente, se designó al abogado Marcos Arévalo Torres, fi scal adjunto provincial titular (corporativo) especializado contra la criminalidad organizada de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja. A través del o fi cio Nº 004377-2025-MP-FN-PJFS- DFLE, de fecha 4 de junio de 2025, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación la carta de fecha 3 de junio de 2025, suscrita por el abogado Marcos Arévalo Torres, quien presenta su renuncia al cargo de fi scal adjunto provincial titular (corporativo) especializado contra la criminalidad organizada de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, y a su designación en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, por motivos personales y profesionales, señalando como último día de labores el 2 de julio de 2025. Con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 040-2025-MP-FN-JFS, de fecha 1 de julio de 2025, se aceptó la renuncia formulada por el abogado Marcos Arévalo Torres al cargo descrito en el párrafo precedente, a partir del 3 de julio de 2025. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 10 de julio de 2025, se advierte que el citado abogado registra 2 quejas en trámite por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente que dé por concluida, con e fi cacia anticipada, la designación del fi scal renunciante; en atención al marco normativo antes citado y considerando lo señalado en el informe Nº 0158-2025-MP-FN-OREF- YGRC, de fecha 10 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;