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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2025 (31/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 31 de julio de 2025 El Peruano / y vigilancia que resulten necesarias para cautelar el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial y demás disposiciones aplicables. Artículo 6.- Infracciones y sanciones El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial es sancionado conforme al Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017- PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 7.- Difusión y cumplimiento La Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Pesca Artesanal, y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial; sin perjuicio de las acciones que correspondan ser efectuadas por las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, en el ámbito de sus competencias. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2423495-1 Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios, destinadas a cofinanciar desembolsos de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 574-2025- PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 30 de julio de 2025VISTOS: El Informe N° 188-2025-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 087-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 317-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 040-2025-PRODUCE/ PROINNOVATE.DCT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y en el Decreto Supremo N° 225-20-EF;Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fi deicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la fi nalidad de contribuir a la fi nanciación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, mediante Ley N° 32185 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en cuyo artículo 61 se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación- PROINNOVATE, a “(…) efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los concursos que se desarrollan a través de PROINNOVATE”. Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 001-2025-PRODUCE, de fecha 3 de enero de 2025, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante el Memorando N° 317-2025-PRODUCE/ PROINNOVATE.UA, de fecha 30 de julio de 2025, la Unidad de Administración solicita la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas, adjuntando el Memorando N° 040-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.DCT, emitido por la Dirección de Coordinación Técnica, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE-“Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor, indicando que se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/ contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 087-2025 PRODUCE/PROINNOVATE.UPP, de fecha 30 de julio de 2025, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 3,076,954.60 (Tres millones setenta y seis mil novecientos cincuenta y cuatro y 60/100 soles), que comprende: S/ 447,345.01 (Cuatrocientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y cinco y 01/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios; S/ 2,619,619.59 (Dos millones seiscientos diecinueve mil seiscientos diecinueve y 59/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; y, S/ 9,990.00 (Nueve mil novecientos noventa y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Programa de Apoyo a la Internacionalización Modalidad 2-Potenciamiento de Exportaciones (PAIM2), ii)