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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (17/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 17 de junio de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2410149-1 Modificación del Anexo que establece el cronograma de transferencia de pensionistas y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley N° 20530 aprobado en la Resolución Directoral N° 0005-2025-EF/53.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0011-2025-EF/53.01 Lima, 12 de junio de 2025VISTO: El Informe Nº 0259-2025-EF/53.05, de la Dirección de Gestión de Pensiones de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, dispone que se trans fi ere a la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) de forma progresiva, la administración y pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 20530, incluidas sus contingencias, asumiendo la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0005- 2025-EF/53.01, se dio inicio al proceso de transferencia de pensionistas del Decreto Ley N° 20530 a la ONP, detallándose en el cronograma, que forma parte de la resolución directoral, que entidades son las que intervienen a principios de año y que entidades a mitad de año, estableciéndose incluso el periodo de tiempo en el que deben presentar su información y la fecha máxima de emisión del decreto supremo de transferencia; Que, a través del Decreto Supremo N° 095-2025-EF de fecha 20 de mayo de 2025, se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la ONP, efectuándose la transferencia solo de los pensionistas del Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, y de la Superintendencia Nacional de Migraciones; Que, la transferencia de pensionistas de las demás entidades que se encontraban programadas para esta primera mitad del año, no se han podido concretar por lo que se hace necesario modi fi car la Resolución Directoral N° 0005- 2025-EF/53.01 y su anexo (cronograma), con la fi nalidad de poder hacer efectiva la transferencia de pensionistas de las entidades que no pudieron ser consideradas en la emisión del Decreto Supremo N° 095-2025-EF, así como considerar al Ministerio de Educación como parte de las entidades que intervienen en la segunda mitad del año, en tanto aún cuenta con pensionistas para transferir; De conformidad con lo establecido en el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, se emite la presente resolución directoral aprobando el presente cronograma de la transferencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Modi fi car el anexo adjunto a la Resolución Directoral N° 0005-2025-EF/53.01, en el extremo del cronograma del proceso de transferencia de la administración y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley Nº 20530, solo respecto de aquellas entidades que se iniciaban actividades el 14 de marzo y no pudieron transferir a sus pensionistas, así como incorporar al Ministerio de Educación con las demás entidades que iniciaran actividades a partir del 16 de julio del 2025. La modi fi cación del cronograma se adjunta como anexo a la presente resolución directoral. Artículo 2.- Noti fi cación La O fi cina de Normalización Previsional se encargará de noti fi car la presente Resolución a las distintas Entidades que participan en la ampliación del plazo. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y su anexo en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERINA ELIZABETH SAAVEDRA TAPIA Directora General (e) Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos 2410003-1 EDUCACIÓN Designan Director del Sistema Administrativo II de la Unidad de Abastecimiento del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 00046-2025- PEIP-EB Lima, 13 de junio de 2025 VISTOS: El Informe Nº 00201-2025-MINEDU/VMGI/PEIP- EB/OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 00106-2025-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, en adelante PEIP Escuelas Bicentenario, con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, cuya vigencia ha sido inicialmente ampliada hasta el 23 de enero de 2026, a través del Decreto Supremo Nº 005-2024-MINEDU, y posteriormente, hasta el 31 de marzo de 2028, en virtud de