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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (17/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 17 de junio de 2025 El Peruano / S/ 9 790 858,00 (NUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32186, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en el literal b) del artículo 33 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 9 790 858,00 (NUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), para fi nanciar la ejecución del Programa de Inversión “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huacho y EMAPA Huaral” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2325008, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 316-2018-EF, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32186, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y en el literal b) del artículo 33 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROYECTO 2202916 : Ampliación y mejoramiento del servicio de agua potable e instalación del sistema de saneamiento básico en la localidad de Unión Cubaro, distrito de Mazamari - Satipo - Junín FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 124 095,00 PROYECTO 2202938 : Ampliación y mejoramiento del servicio de agua potable e instalación del saneamiento en la localidad de Santa Clara de Camse, distrito de Cutervo, provincia de Cutervo - Cajamarca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 244 155,00 PROYECTO 2235266 : Instalación de los servicios de agua potable y disposición sanitaria de excretas en el centro poblado de Unión Progreso distrito de Pichanaqui, provincia Chanchamayo, departamento JunínFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 983 184,00 PROYECTO 2269613 : Mejoramiento y ampliación del servicio de agua potable y saneamiento básico del centro poblado de Hualchancca, distrito de los Morochucos - Cangallo - Ayacucho FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 439 424,00 ============ TOTAL EGRESOS 9 790 858,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 207 : Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 003 : Modernización de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento de la EPSS CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROYECTO 2325008 : Modernización de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA BARRANCA, EMAPA Huacho y EMAPA Huaral. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 9 790 858,00 ============ TOTAL EGRESOS 9 790 858,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendarios de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendarios de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, se detallan en el Anexo “Desagregación de Ingresos”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se presenta junto con la resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a la unidad ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.