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117 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de junio de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 3 Información corroborada con la consulta virtual del DNI N° 05791471, correspondiente al señor alcalde, realizada en el portal web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. 2410332-1 MINISTERIO PÚBLICO Dan por concluida designación de fiscal en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1820-2025-MP-FN Lima, 17 de junio de 2025VISTOS: El o fi cio Nº 002028-2025-DPD/JNJ, de fecha 8 de mayo de 2025, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 079-2025-PLENO-JNJ, de fecha 10 de abril de 2025 y el informe Nº 00097-2025-MP-FN-OREF-DEEC, de fecha 10 de junio de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 190-2013-CNM, de fecha 31 de mayo de 2013, se resolvió expedir a favor del abogado Oscar Alfonso Barreda Calderón el título de fi scal provincial penal (corporativo) de Ica, Distrito Fiscal de Ica y, consecuentemente, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1780-2013-MP-FN de fecha 25 de junio de 2013, fue designado en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica. A través del o fi cio de vistos, cursado por la abogada Magnolia Gianinna Martínez Hidalgo, directora (e) de la Dirección de Procesos Disciplinarios de Jueces y Fiscales de la Junta Nacional de Justicia, se remite la Resolución Nº 079-2025-PLENO-JNJ de fecha 10 de abril de 2025, en cuyo artículo tercero se resuelve imponer la sanción disciplinaria de destitución al abogado Oscar Alfonso Barreda Calderón, por su actuación como fi scal provincial penal (corporativo) de Ica, Distrito Fiscal de Ica. Dicha resolución fue noti fi cada al referido fi scal el 29 de abril de 2025, por la Secretaría General de la Junta Nacional de Justicia. Los literales d) y e) del numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, publicada el 19 de febrero del año 2019, regulan que: “ d) Contra la resolución que pone fi n al procedimiento solo cabe recurso de reconsideración, siempre que se acompañe nueva prueba instrumental dentro de un plazo de cinco (5) días útiles contados a partir del día siguiente de recibida la noti fi cación ”; y, “e) Las resoluciones de destitución se ejecutan en forma inmediata, para que el miembro no desempeñe función judicial o fi scal alguna, desde el día siguiente de la publicación de la resolución en la página web institucional de la Junta Nacional de Justicia o la noti fi cación en forma personal en el domicilio consignado o en el correo electrónico autorizado por el miembro destituido, lo que ocurra primero. La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la resolución de destitución”. En ese sentido, la Junta Nacional de Justicia, como organismo constitucionalmente autónomo, tiene entre sus atribuciones la emisión de actos de gravamen como las sanciones disciplinarias a magistrados. Esta potestad tiene rango constitucional, pues está reconocida en el artículo 154 de la Constitución Política del Estado. Además, dentro de las medidas disciplinarias se encuentra la sanción más gravosa: la destitución de magistrados de todas las instancias. Dicho dispositivo constitucional ha merecido rápidamente su desarrollo jurídico a través de la Ley Nº 30916, la cual prevé en el literal e) del numeral 45.1 de su artículo 45, que la ejecución de dicha sanción es inmediata sin que la interposición del recurso impugnatorio de reconsideración resulte óbice para su ejecución. En mérito a lo señalado, corresponde dar por concluida la designación del abogado Oscar Alfonso Barreda Calderón en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica, a consecuencia de la imposición de la sanción de destitución, debiendo hacer de conocimiento la decisión a la Junta Nacional de Justicia para la cancelación de su título, en atención al artículo 68 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, aprobado mediante Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 008-2020-JNJ, de fecha 22 de enero de 2020. Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Oscar Alfonso Barreda Calderón, fi scal provincial titular penal (corporativo) de Ica, Distrito Fiscal de Ica, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1780-2013-MP-FN, de fecha 25 de junio de 2013; a partir del 7 de mayo de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto por la Junta Nacional de Justicia a través de la Resolución Nº 079-2025-PLENO-JNJ. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia para la cancelación del título otorgado al abogado Oscar Alfonso Barreda Calderón mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 190-2013-CNM, de fecha 31 de mayo de 2013. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Oscar Alfonso Barreda Calderón que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme con las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Ofi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2410598-1