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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2025 (08/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / VISTOS, los Informes N°s. 0002 y 0011-2025-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía; los Memorándum N°s. 111 y 221-2025-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 0010-2025-MINCETUR/SG/OGPPD/OR de la O fi cina de Racionalización; el Informe N° 0046-2025-MINCETUR/ SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y el Memorándum N° 129-2025-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y , CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, se aprueba el Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, el cual tiene por fi nalidad regular la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Que, el artículo 15 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR crea los CITE artesanales y turísticos, públicos o privados, con la fi nalidad de promover la innovación tecnológica y el desarrollo de las actividades artesanales y turísticas, en el ámbito de su competencia; Que, la Disposición Complementaria Transitoria Única del Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, dispone que el MINCETUR mediante Resolución Ministerial establecerá el procedimiento de creación, cali fi cación, promoción, supervisión, gestión y extinción de los CITE Públicos y la cali fi cación de los CITE Privados, en concordancia con la política y lineamientos que dicte el ente rector; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 264-2019-MINCETUR, se aprueba la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM, “Directiva que Regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR”, en cuya Disposición Complementaria Final Única se establece que la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía podrá disponer acciones y proponer directivas o lineamientos complementarios que regulen aspectos relacionados a la formulación, elaboración, aprobación del Plan Anual de Actividades y el seguimiento y monitoreo de las metas señaladas en el mismo, así como del avance del Plan Estratégico, entre otros aspectos que coadyuven con el cumplimiento de la referida Directiva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 454-2019-MINCETUR de fecha 30 de diciembre de 2019, se aprueba la Directiva N° 008-2019-MINCETUR/ DM “Directiva para la elaboración y aprobación del Plan Estratégico, plan anual de actividades y el seguimiento, monitoreo y evaluación de los CITE Artesanales y Turísticos del MINCETUR”, modi fi cada mediante Resolución Ministerial N° 090-2021-MINCETUR; Que, conforme a lo sustentado en los documentos del Vistos, y con la fi nalidad de garantizar la sostenibilidad de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Artesanales y Turísticos, a través de la ejecución de sus Planes Estratégicos, los cuales contemplan el desarrollo de actividades en las cinco (5) modalidades de intervención en bene fi cio de los artesanos, alpaqueros y emprendedores turísticos, alineados al Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR 2019 - 2029, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 309-2019-MINCETUR, resulta necesaria la modi fi cación de la Directiva N° 008-2019-MINCETUR/DM; Que, la modi fi cación propuesta contribuirá a que los CITE Privados se encuentren posibilitados a alcanzar su sostenibilidad, la cual se vio afectada entre otros factores por la crisis originada por la pandemia de la COVID-19 en los años 2020, 2021 y 2022 con la caída en la recaudación del impuesto de los juegos de casinos y máquinas tragamonedas, situación que generó una disminución considerable en el otorgamiento de subvenciones por parte del MINCETUR, lo cual impactó negativamente en la implementación de acciones para la generación de recursos propios y en el limitado acceso a nuevas fuentes de fi nanciamiento, por lo que es necesario determinar, a través de los Planes Estratégicos, una adecuada programación de sus actividades que les permita generar acciones conducentes a su sostenibilidad; Que, en ese sentido, corresponde aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 008-2019-MINCETUR/ DM, en los aspectos sustentados en los documentos del Vistos; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la Directiva N° 008-2019- MINCETUR/DM “Directiva para la elaboración y aprobación del Plan Estratégico, plan anual de actividades y el seguimiento, monitoreo y evaluación de los CITE Artesanales y Turísticos del MINCETUR” en los extremos señalados en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 454-2019-MINCETUR, modi fi cada mediante Resolución Ministerial N° 090-2021-MINCETUR, en lo que no se oponga a la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación del texto consolidado de la Directiva N° 008-2019-MINCETUR/DM, incorporando la modi fi cación aprobada por el artículo 1, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento de la Directiva y su modi fi cación, materia de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2378590-1 CUL TURA Dan por concluidas designaciones de miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2025-MC Lima, 7 de marzo de 2025 CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Cultura mediante el Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM, que tiene por fi nalidad ejecutar