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6 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / actividades y acciones a nivel nacional de difusión de contenidos educativos, informativos, culturales y de esparcimiento, conforme con lo establecido en su Ley de creación, Decreto Legislativo Nº 829; Que, mediante las Resoluciones Supremas Nº 010- 2023-MC, Nº 002-2024-MC, Nº 005-2024-MC y Nº 017-2024-MC, se designa a los señores Félix Alberto Paz Quiroz, Luis Alberto Vásquez Vásquez, Carlos Jesús Vilela del Carpio, y Gio fi anni Diglio Peirano Torriani, respectivamente, como miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2025- MC, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, con un modelo organizacional acorde con sus necesidades, constituyéndose como órganos de la Alta Dirección a la Jefatura del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, y la Gerencia General; Que, a través de la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2025-MC, se establece que este entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de Jefatura que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú -IRTP; Que, con fecha 31 de enero de 2025, se publica en el Diario O fi cial El Peruano la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000006-2025-IRTP-PE, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, conforme con ello, mediante el O fi cio Nº 000043-2025-IRTP-GG, la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP señala que, teniendo en consideración su actual estructura orgánica, corresponde dar por concluidas las designaciones de los miembros del Consejo Directivo, con e fi cacia anticipada a la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, la autoridad tiene potestad para poder disponer en el mismo acto administrativo que este tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, en consecuencia, resulta necesario dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones Supremas Nº 010-2023-MC, Nº 002-2024-MC, Nº 005-2024-MC y Nº 017-2024-MC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 829, que Crea el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2025-MC y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000006-2025-IRTP-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas, con e fi cacia anticipada al 1 de febrero de 2025, las designaciones de los señores FELIX ALBERTO PAZ QUIROZ, LUIS ALBERTO VASQUEZ VASQUEZ, CARLOS JESUS VILELA DEL CARPIO y GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI como miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Cultura.Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2378596-5 Dejan sin efecto los efectos jurídicos de la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000075-2025-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 3 de marzo del 2025 Vistos, el informe N° 000265-2025-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 22 de febrero de 2025 de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Informe N° 000068-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC de fecha 26 de febrero del 2025 de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 28 de enero de 2025 se determina la Protección Provisional del sitio arqueológico “Huaca Lafora”, ubicado en el distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo con las especi fi caciones del Plano Perimétrico con código PPROV-007-MC-DGPADSFL-2021 WGS84; Que, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria mediante Hoja de Envío N° 000133- 2025/OACGD-SG/MC informa que “El Peruano” ha observado la publicación de la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC al haberse detectado un error material en el Artículo Primero en dicha resolución, el cual dice “Determinan la protección provisional sitio arqueológico “Huaca Lafora”, debiendo ser “Protección provisional del sitio arqueológico “Huaca Lafora”. Asimismo, en la fecha, reporta el área administrativa de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble que la indicada Resolución se encontraba en tránsito de notifi caciones a otras áreas del Ministerio de Cultura y otras entidades públicas, di fi cultando enmendar el error material desde su origen; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2017-MC se incorporó el Capítulo 13 al Reglamento de la Ley N° 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, que introdujo el régimen de la determinación de la protección provisional de los bienes que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, mediante Resolución Viceministerial N° 077-2018-VMPCIC-MC de fecha 05 de julio del 2018, se aprobó la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC denominada “Lineamientos técnicos y criterios generales para la determinación de la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación”. Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 000001-2025-VMPCIC-MC de fecha 02 de enero de 2025 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 05 de enero de 2025, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fi scal 2025, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, se procedió a emitir la Resolución Directoral N° 000070-2025-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 13 de febrero de 2025 en los mismos términos que la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC; mientras que se desestimó la solicitud de publicación de la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/ MC en el Diario O fi cial El Peruano.