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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2025 (15/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 15 de marzo de 2025 El Peruano / Que, una actividad representativa que se desarrolla en el marco del día central es el “cumplimiento”, el cual consiste en que los capitanes de la fi esta agradecen a sus guellis o colaboradores por su ayuda para llevar a cabo las actividades de la fi esta. El agradecimiento que brindan los capitanes es entregar un estofado tradicional y ponche de chicha a sus guellis ; Que, el cuarto día de fi esta, 16 de agosto, los devotos visitan la imagen de la Virgen en el templo. Al anochecer, los fi eles se reúnen en la plaza de armas para celebrar las vísperas de la carrera de cintas con bandas de músicos, quema de fuegos arti fi ciales y castillo así como con bailes; Que, el quinto día de celebración, 17 de agosto, tiene como actividad central la tradicional carrera de cintas, una competencia entre jinetes que trata de coger la mayor cantidad de cintas introduciendo un palo o similar en el anillo de la cinta. Es necesario resaltar que las cintas son donadas por jóvenes de Chacas, quienes las bordan y adornan. Al igual que en los días anteriores el capitán del día es el encargado de brindar el almuerzo a la población. Luego de este compartir se realiza la carrera de cintas la cual culmina con la elección del capitán de cintas para el próximo año; Que, las danzas Anti Runa y el Paso Huanquilla son piezas indispensables en la celebración en honor a la Virgen de la Asunción y acompañan la fi esta del 15 al 17 de agosto durante todo el día. Asimismo, se desarrolla una feria que ofrece productos locales en la que se puede presenciar el trueque entre pobladores de Chacas y pobladores de otras localidades. Que, la octava de la festividad, 22 de agosto, se realiza ocho días calendario luego del día central de la festividad. Las actividades de este día son la “misa de subida” y última procesión, pues la imagen de la Virgen de la Asunción retorna al templo hasta el año siguiente. Esta actividad es encabezada por el capitán del día, quien, junto a su familia y allegados, guían la última procesión. Estas actividades presentan gran concurrencia ya que los devotos y los capitanes salientes agradecen a la Virgen por los favores recibidos, y los capitanes del año próximo le solicitan bendiciones para llevar a cabo una fi esta digna; Que, los devotos de la Virgen de la Asunción de Chacas que han migrado a otras provincias del país o al extranjero han llevado consigo su tradición organizándose y celebrando en sus nuevas localidades durante los días de fi esta. Esto se ha instaurado, por ejemplo, en Huaraz y Lima; Que, conforme el acta de validación del proyecto de informe técnico remitida por la Municipalidad Provincial de Asunción, la comunidad de portadores ha manifestado que el desarrollo de la festividad de la Virgen de las Asunción de Chacas no incluye como parte de sus actividades corridas de toros con muerte, sino únicamente corridas de capeo en las que cuales los animales involucrados no reciben maltrato ni son sometidos a muerte y/o sacri fi cio; Que, la Festividad de la Virgen de la Asunción de Chacas es una celebración que propicia un espacio de gratitud y fervor, a fi anza las relaciones de reciprocidad entre la población y visibiliza una serie de tradiciones locales que transcienden el territorio de Chacas y son recreadas en localidades donde sus migrantes ahora residen lo cual constituye un importante elemento generador de identidad cultural; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe Nº 000019-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-FAP/ MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y signi fi cado de la Festividad de la Virgen Asunción de Chacas del distrito de Chacas, provincia de Asunción, departamento de Áncash motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de esta resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2015- MC, se aprueba la Directiva Nº 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como patrimonio cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial y su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; Con los vistos de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Directiva Nº 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como patrimonio cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad de la Virgen de la Asunción de Chacas , celebración festivo ritual que se practica en el ámbito del distrito de Chacas, provincia de Asunción, departamento de Áncash. Artículo 2.- Establecer que, en caso se corrobore o se tome conocimiento fehaciente y comprobado, por cualquier medio, sobre la realización de actos que conlleven crueldad, maltrato, sacri fi cio y/o muerte de animales como parte del desarrollo de la festividad y vulnere lo dispuesto en la declaratoria conforme lo prevé el literal c) del numeral 7.2 del artículo VII de la Directiva Nº 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como patrimonio cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, se procede a iniciar el procedimiento de revocatoria. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 4.- Disponer la publicación de la resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) con el Informe Nº 000019-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-FAP/MC. Artículo 5.- Comunicar la resolución y el Informe Nº 000019-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-FAP/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash y noti fi carlas al Gobierno Regional de Áncash, a la Municipalidad Provincial de Asunción y a la comunidad de portadores de la expresión cultural de la Festividad de la Virgen de la Asunción de Chacas. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2380360-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00260-2025-DE Lima, 12 de marzo del 2025