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10 NORMAS LEGALES Domingo 16 de marzo de 2025 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 000491-2025-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 00265-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00425-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con O fi cio Nº 270/MAAG/AFSEC-ENT el Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace de conocimiento a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú que la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América (USAF) extiende una invitación para que un (1) personal designado por la Fuerza Aérea del Perú participe en el curso de Comando y Estado Mayor Aéreo (ACSC), a llevarse a cabo en la Base Aérea de Maxwell, ubicado en la ciudad de Montgomery, estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 12 de mayo de 2025 al 21 de mayo de 2026; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 073-DEAJ 2024 la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú opina favorablemente para la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP, que participará en el citado curso, en el lugar y fechas programadas; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Especialización, Capacitación y Perfeccionamiento de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, personal militar FAP que participará en el citado curso, por cuanto al concluir dicha capacitación, se contará con personal competente en desenvolvimiento de competencias especí fi cas, permitiendo elevar la capacidad de plani fi cación estratégica de la defensa nacional, así como obtener conocimientos y cualidades necesarias para asumir cargos de liderazgo, resultando bene fi cioso para los intereses de la Fuerza Aérea del Perú; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 17 DGVC- ME/SIAF-RP suscrita por el Departamento de Viajes y Comisiones de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional de ida, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado de ida, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, a través de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000002, Nº 0000000003, Nº 0000000004 y Nº 0000000009 emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestaria del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento de pasajes aéreos (ida), gastos de traslado (ida) y los gastos por concepto de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al Año Fiscal 2025; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad del curso, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 000491-2025-SECRE/ FAP la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el curso de Comando y Estado Mayor Aéreo (ACSC), a realizarse en la Base Aérea de Maxwell, ubicado en la ciudad de Montgomery, estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 12 de mayo de 2025 al 21 de mayo de 2026; así como autorizar su salida del país el 11 de mayo de 2025 y su retorno el 22 de mayo de 2026;Que, según lo acotado en la ayuda memoria remitida por la Fuerza Aérea del Perú, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, costo del curso, alojamiento, alimentación, seguro médico y T.U.U.A.; serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos, (no incluye transporte interno); Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio Nº 00265-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 071-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 00425-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el curso de Comando y Estado Mayor Aéreo (ACSC), a realizarse en la Base Aérea de Maxwell, ubicado en la ciudad de Montgomery, estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 12 de mayo de 2025 al 21 de mayo de 2026; así como autorizar su salida del país el 11 de mayo de 2025 y su retorno el 22 de mayo de 2026. Comandante FAP MARCO ANTONIO SCHENONE ESTREMADOYRO T itular NSA N° 97244 DNI N° 43703462Mayor FAP JUAN PABLO MORÓN ITURRARAN SuplenteNSA N° 97334 DNI N° 44169932Mayor FAP JULIO CÉSAR PINEDO CENTURIÓN SuplenteNSA N° 97289 DNI N° 42161331Comandante FAP ALONSO JAIME AYLLON BONDY SuplenteNSA N° 97157 DNI N° 43717820 Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto