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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2025 (19/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de marzo de 2025 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban la creación e implementación de la Secretaria Técnica Regional de Seguridad Ciudadana del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Huancavelica CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 538-GOB.REG- HVCA/CR Huancavelica, 20 de diciembre de 2024POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA SECRETARIA TECNICA REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL COMITÉ REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE HUANCAVELICA. Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales se de fi ne como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes, conforme a los establecido en la ley N° 27783, Ley de Bases de la descentralización. Que, mediante Ordenanza Regional N° 411-GOB. REG.HVCA/CR, de fecha 20 de febrero del 2020, se crea la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Huancavelica, que tiene como objetivo de ser un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación, encargado de brindar soporte técnico y dar funcionalidad al CORESEC. Que, Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por D.S. N° 011-2014-IN, en su artículo 19, Objeto de la Ley “…El Comité Regional de Seguridad Ciudadana cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los per fi les que apruebe cada Gobierno Regional. Cada Gobierno Regional determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CORESEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana.”; Que, del mismo modo con Resolución Ministerial N° 2056-2019-IN, aprueba la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, Disposiciones Generales numeral 6.17 “La Secretaria Técnica del CORESEC es el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación, encargado de brindar soporte técnico y dar funcionalidad al CORESEC, que es asumido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional, en caso no exista, el Gobierno Regional determina que órgano funcional asume las funciones de la Secretaria Técnica del CORESEC con arreglo a su presupuesto institucional. Que, la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones: a. Presentar ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. b. Presentar ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana la propuesta de planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana de relevancia regional, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c. Supervisar el cumplimiento de los compromisos sectoriales en materia de seguridad ciudadana, promoviendo la articulación interinstitucional a nivel regional, dando cuenta de manera oportuna a la Secretaría Técnica del CONASEC. d. Supervisar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos regionales de Seguridad Ciudadana, en el marco de los lineamientos y políticas establecidos por la Secretaría Técnica del CONASEC. e. Elaborar el informe de cumplimiento de los planes, programas y proyectos provinciales de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana a través de la Secretaría Técnica del CORESEC. f. Brindar asistencia técnica, en coordinación con la Secretaría Técnica del CONASEC, a las Secretarías Técnicas de los Comités Provinciales y Distritales, que permita una adecuada articulación entre los niveles regionales, provinciales y distritales. g. Promover la articulación de las municipalidades provinciales para fortalecer la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción regional. h. Sistematizar la información estadística de seguridad ciudadana proporcionada por los otros niveles de gobierno como las Municipalidades Provinciales y Distritales, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del CONASEC.” Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto unánime de sus miembros; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la creación e implementación de la Secretaria Técnica Regional de Seguridad Ciudadana del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Huancavelica, con el objetivo de concertar, coordinar y formular propuestas de políticas públicas, normas, programas, planes, proyectos y acciones concretas, conducentes a resolver la problemática de la seguridad ciudadana en el ámbito regional. Artículo Segundo.- INSTALAR la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Huancavelica, el mismo que estará integrado por: 1. Funcionarios del Área/Unidad de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Huancavelica. 2. El/La Coordinador/a del Centro de Operaciones de Emergencia Regional de Huancavelica - COER del GORE Huancavelica. 3. Un Representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, designado por el Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica. 4. Un Representante de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica, designado por el Director Regional de Educación de Huancavelica. 5. Un representante de la Dirección Regional de Salud de Huancavelica, designado por el Director Regional de Salud de Huancavelica. 6. Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Huancavelica, designado por el/la Gerente Regional de Huancavelica. 7. Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica, designado por el/la Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GORE Huancavelica.