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51 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de marzo de 2025 El Peruano / 2024, y 30 de diciembre de 2024 respectivamente, a partir del 25 de febrero de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Katherine Pilar Rocha Arias que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Despacho de la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalía Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2381813-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 788-2025-MP-FN Lima, 17 de marzo de 2025VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 00785-2025-MP-FN-PJFSCALLAO, de fecha 21 de febrero de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, que eleva la carta de fecha 19 de febrero de 2025, suscrita por la abogada Gabriela Rojas Bellido, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designada en la 7° Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, mediante la cual presenta su renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales, precisando como último día de labor al 22 de marzo de 2025, y con efectividad a partir del 23 de marzo de 2025. La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, eleva la mencionada renuncia al Despacho de la Fiscalía de la Nación, con proveído N° 011031-2025-MP-FN-SEGFIN, de fecha 26 de febrero de 2025, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), expresando su no conformidad debido a la situación suscitada con la fi scal provincial a cargo del despacho, donde labora actualmente la abogada en mención. Sin perjuicio, de lo antes señalado mediante o fi cio N° 02-2025-2D-7FPPC-MP-CALLAO, de fecha 20 de febrero de 2025, la abogada Gabriela Rojas Bellido comunicó a su jefe inmediato, sobre su renuncia voluntaria, de acuerdo a los lineamientos señalado en el o fi cio circular N° 001-2022-MP-FN-PJS, de fecha 20 de abril de 2022. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales)”.En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados; considerando el informe N° 00008-2025-MP-FN-OREF-JMCA, de fecha 11 de marzo de 2025, corresponde emitir el acto resolutivo que acepte, la renuncia de la fi scal Gabriela Rojas Bellido, con efectividad al 23 de marzo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, la renuncia formulada por la abogada Gabriela Rojas Bellido, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designada en la Séptima Fiscalía Provincial Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2191-2017-MP-FN, 2956-2024-MP-FN, de fechas 28 de junio de 2017, y 30 de diciembre de 2024 respectivamente, a partir del 23 de marzo de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Gabriela Rojas Bellido que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2381813-2 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 789-2025-MP-FN Lima, 17 de marzo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: Los o fi cios N°s. 002935-2024-MP-FN-PJFSAMAZONAS y 000255-2025-MP-FN-PJFSAMAZONAS, respectivamente, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, mediante los cuales eleva la carta de fecha 12 de diciembre de 2024, suscrita p or la abogada Deysy Milagros Cachay Ramírez, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designada en la Fiscalía Provincial Mixta de La Jalca, mediante la cual presenta su renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales, precisando como efectividad al 15 de diciembre de 2024. La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, eleva la mencionada renuncia a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, expresando su conformidad. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público,